LXVII - III Año - II P.O. Se reforma el artículo 72 de la Ley para la Protección del Patrimonio Cultural del Estado de Chihuahua, con el propósito de que únicamente en el caso de bienes declarados como patrimonio cultural, que se encuentren en inminente riesgo de pérdida o destrucción, el Estado pueda destinar presupuesto etiquetado para que se emprendan acciones tales como revitalización, intervención, conservación y custodia.
Comisión: Turismo y Cultura
Número (Comisión): CTC/26/2024
Aprobación en comisión: 16 abril 2024
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