LXVIII - II Año - II P.O. Se reforma el artículo 101, párrafo cuarto, de la Ley de Movilidad y Seguridad Vial del Estado de Chihuahua, para incluir como atribuciones de los Municipios, la de limitar la instalación de estacionómetros frente a clínicas, hospitales y unidades médicas, estableciendo las medidas que se estimen pertinentes para priorizar a las personas usuarias de dichos centros hospitalarios, y crear mecanismos para eximir de su pago a personas mayores.
Comisión: Obras, Servicios Públicos, y Desarrollo y Movilidad Urbana
Número (Comisión): LXVIII/DCOSPDMU/16/2026
Aprobación en comisión: 18 mayo 2026
Votación en Comisión: Unánime
4 votos a favor: Óscar Daniel Avitia Arellanes (MORENA), Ismael Pérez Pavía (PAN), Magdalena Rentería Pérez (MORENA), Joceline Vega Vargas (PAN)
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