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Reforman decretos sobre la conformación de la JUCOPO y de los grupos parlamentarios de la Sexagésima Sexta Legislatura

22 de julio de 2021. En Sesión Extraordinaria virtual fueron reformados los decretos por medio de los cuales se constituyen los Grupos Parlamentarios y de la Junta de Coordinación Política (JUCOPO) de la Sexagésima Sexta Legislatura del Congreso de Chihuahua.
Lo anterior, en virtud de las solicitudes enviadas por los integrantes del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano y de la Diputada Rosa Isela Gaytán Díaz, integrante del Grupo Parlamentario del PRI.
En relación al caso de la diputada Rosa Isela Gaytán Díaz, quien fungía como coordinadora de la Fracción Parlamentaria del PRI, y que mediante oficio manifestó su deseo de continuar con su labor legislativa como integrante del Grupo Parlamentario del PAN, se hizo la adecuación necesaria para tal efecto, así como para que la diputada Anna Elizabeth Chávez Mata, sea la Coordinadora del PRI, conforme a la solicitud presentada por la presidencia del Partido Revolucionario Institucional, y por ende, Chávez Mata sea parte de la JUCOPO, con derecho a voz y voto.
Por otra parte, la diputada Rocio Guadalupe Sarmiento Rufino y el diputado Lorenzo Arturo Parga Amado, mediante oficio, manifestaron su deseo el continuar con su labor legislativa como diputada y diputado independientes, respectivamente, y no seguir formando parte del Grupo Parlamentario del Partido Movimiento Ciudadano, es por ello que dicha Fracción Parlamentaria queda extinta.
Aunado a lo anterior, fue necesario adecuar el decreto de conformación de la JUCOPO, a fin de establecer que las personas referidas, seguirán formando parte de dicho órgano, pero ahora en su calidad de Diputada y Diputado Independientes, con derecho a voz y voto ambos.
Para finalizar, es importante señalar que el artículo 40 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, consagra los derechos de las diputadas y diputados, específicamente en su fracción II, a la letra dice: “Formar parte o separarse de un grupo parlamentario o coalición”; por otro lado, el Reglamento Interior y de Prácticas Parlamentarias del Poder Legislativo, en su numeral 15, dispone: “Las y los diputados que abandonen el grupo parlamentario al que pertenezcan, podrán, por única ocasión, integrarse a otro ya constituido, pero no podrán conformar un nuevo grupo.”