Desahogo de los asuntos contenidos en la Agenda Legislativa
Si bien es cierto no se cuenta con un calendario de desahogo de los temas contenidos en la Agenda Legislativa, también lo es que la propia agenda establece el ejercicio constitucional (duración) de esta Legislatura; en ese sentido, ese sería el plazo perentorio para su atención durante los periodos ordinarios y extraordinarios de sesiones.
Sanciones
Cabe mencionar que la propia Ley Orgánica del Poder Legislativo, en su artículo 171, señala los tiempos para emitir las resoluciones de las iniciativas presentadas; en ese sentido existen los mecanismos para propiciar el cumplimiento de los plazos establecidos para tales efectos.
Calendario 2017
Periodos Ordinarios de Sesiones y Diputaciones Permanentes
De conformidad con el artículo 28 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, la Legislatura tendrá dos períodos ordinarios de sesiones cada año.
El primero, iniciará el primer día del mes de septiembre y concluirá, a más tardar, el treinta y uno de diciembre; y, el segundo, iniciará el día primero de marzo y concluirá a más tardar el treinta y uno de mayo.
La Diputación Permanente entrará en funciones inmediatamente después de clausurados los trabajos de un período ordinario y sus integrantes acordarán los días y horas de sus sesiones regulares, según lo dispuesto en el artículo 82 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo
Además, el Congreso tendrá períodos extraordinarios de sesiones, siempre que fuere convocado, de conformidad con el artículo 51 de la Constitución Política del Estado.