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Posicionamiento del diputado Lorenzo Arturo Parga Amado, sobre la Evaluación Docente

10 de octubre de 2018. POSICIONAMIENTO EVALUACIÓN DOCENTE.

H. CONGRESO DEL ESTADO.
PRESENTE.

La reforma educativa fue declarada constitucional en febrero del 2013, la cual desde su entrada en vigor a tenido una serie de inconformidades e irregularidades, debido a que en vez de estar orientada a mejorar la calidad educativa, y las preparación de los docentes, ha sido meramente laboral y administrativa afectando gravemente a los docentes en todo el país.

Las políticas, instancias e instrumentos de evaluación del magisterio, impuestas por las autoridades educativas de las últimas tres décadas, no sólo resultan excesivamente onerosas, sino que, además, son inconsistentes frente a los modelos y estrategias de evaluación implementadas por los sistemas educativos con mayor rendimiento académico e impertinentes al propósito manifiesto de elevar la calidad de los servicios educativos en el país.

Los responsables directos de su “diseño”, y “aplicación” desde el Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación (INEE), Servicio Profesional Docente y la propia Secretaría de Educación Pública (SEP), han carecido de la sensibilidad y habilidad política necesaria para su instauración estandarizada y general, convirtiéndola en un mecanismo de control y/o coerción política, administrativa y laboral.
El problema nuclear del modelo instaurado de evaluación docente es la inexplicable descontextualización de las acciones formativas realizadas por los profesores, es decir, analizan su perfil profesional sin considerar que tal es el resultado de la falta de estrategias de formación docente, inicial y continua, instrumentadas por el mismo Sistema Educativo. Cuestión que no se ha cumplido, a pesar de estar estipulado en la Ley, y ser un compromiso en la evaluación docente y en los exámenes para subir de puesto, que se dará un periodo de inducción o capacitación a los docentes, no se cumple, no se les capacita, no se les forma de ninguna manera, pero si se les exigen los conocimientos y la aplicación de los mismos, y hasta se les amenaza con perder los privilegios obtenidos legalmente mediante las convocatorias y evaluaciones correspondientes. Es aquí en donde vemos la inconsistencia y la desigualdad de la aplicación de la reforma educativa.

Puede entonces la autoridad educativa, en este caso el Servicio Profesional Docente a criterio propio decidir que cumple y que infringe en la ley, ¿de qué manera esta situación nos está asegurando una buena educación?, ¿es entonces correcto que la educación no esté basada en la formación docente, sino en la coercitividad y la amenaza hacia el magisterio?

La evaluación es obligatoria para los profesores frente a grupo, en funciones directivas y de asesoría técnico-pedagógica, con una periodicidad de cuatro años. Estas evaluaciones como acabo de mencionar se aplican sin excepción, pero no se cumple con los procesos de capacitación para los docentes, en el caso de hacer el examen de promoción, sigue un periodo de inducción de dos años, en el cual deben de recibir una capacitación o formación, cuestión que nunca sucede, siendo que al paso de dicho periodo se aplica un examen de permanencia, el cual está sustentado en una capacitación que nunca se dio a los maestros, y que los mimos deben de buscar por cuenta propia para poder seguir con su puesto laboral. Además de lo anterior, hay muchos docentes que a pesar de haber realizado con éxito dichas evaluaciones nunca reciben su nombramiento.

No entendemos como profesores, cual es la estrategia educativa, ¿Dónde están los resultados positivos? ¿Cómo los alumnos se están beneficiando de una reforma que en ningún momento ha sido educativa, puesto que no se toma en cuenta los logros de aprendizaje de los alumnos, desestimando las condiciones socio-ambientales de cada región, y sobre todo donde se exige a los docentes peor no se les respeta ni cumple sus derechos.

Según la reforma al Artículo 3ro Constitucional, se establece que "El Estado garantizará la calidad en la educación obligatoria”. Agregando en detalle los cambios centrados en la evaluación del desempeño docente, indicando que “la ley reglamentaria fijará los criterios, los términos y condiciones de la evaluación obligatoria para el ingreso, la promoción, el reconocimiento y la permanencia en el servicio profesional con pleno respeto a los derechos constitucionales de los trabajadores de la educación". Es totalmente claro que esto no se está respetando, y que en ningún momento se buscó la calidad educativa, y que implica puras cuestiones laborales retroactivas, ya que elimina todo derecho laboral y contractual de los maestros en servicio que no se encontraban anteriormente en la Constitución. Uno de los principios del derecho más importantes es la irretroactividad de la ley, siendo la “evaluación docente” totalmente en contra del estado de derecho, ya que vulnera las garantías laborales establecidas en el artículo 123 de la Ley Federal del Trabajo.

La educación es la base de toda sociedad, y es el sustento del desarrollo de un país, como es posible que sean los educandos, los docentes, aquellos en quien tenemos la educación de nuestros hijos, del futuro de México, los trabajadores más vulnerados y con las condiciones laborales más desproporcionadas y desiguales.

En septiembre del presente año el Senador Martí Batres, presentó iniciativa de Decreto para reformar el artículo tercero constitucional a fin de eliminar la evaluación docente, ante lo cual se emitió el razonamiento de que no puede reformarse la constitución sin un análisis previo que permita eliminar las cuestiones laborales de la reforma educativa, en especial de la evaluación docente, sin vulnerar o dejar desprotegido el sistema educativo nacional, es así que el Senado envió un exhorto al Ejecutivo Federal a través de la Secretaría de Educación Pública y al Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación para que se suspenda la evaluación docente programada del 3 al 25 de noviembre del presente año, así como todo el proceso de evaluación para el ingreso, promoción y permanencia de las y los maestros; de igual manera la Cámara de Diputados también aprobó un punto de acuerdo para pedir a las autoridades federales y locales la suspensión inmediata e indefinidamente de la evaluación docente hasta que no se realicen las modificaciones a la reforma educativa.

Sin embargo ante el exhorto enviado por la Cámara de Diputados, el Instituto Nacional para la Evaluación Docente (Inee) manifestó, el día de ayer 09 de octubre del presente año, que no serán suspendidos los procesos de evaluación docente, los cuales ya están en curso, así como las evaluaciones de desempeño de docentes y técnicos docentes, las del personal directivo y de supervisión, así como la segunda y tercera oportunidad en Educación Básica y Media Superior. Advirtiendo que la evaluación está programada para noviembre, en virtud de que no ven razones para cancelar nada, ni para modificar la evaluación.

Debo mencionar que los sistemas educativos más eficaces y con mejor calidad educativa a nivel mundial no contemplan una evaluación docente, de entre los cuales podemos destacar a Finlandia, que privilegia la formación de competencias y capacidades en los alumnos. En el caso de Estados Unidos, que aplica un modelo de evaluación docente actualmente está calificado como uno de los países con menos calidad educativa, pese a ser una de las primeras economías del mundo.

La Ley General del Servicio Profesional Docente, estableció procedimientos de sanción e incluso de separación del empleo de los trabajadores de la educación, segmentándolos y excluyéndolos de la legislación laboral, ya que si se reconoce que los maestros son trabajadores al servicio del Estado, se debe por consiguiente asumir que se encuentran regidos por el Apartado B del artículo 123 constitucional y por su ley reglamentaria, pero esto fue desconocido e ignorado, mencionando en sus artículos octavo y noveno transitorios, expresamente el atentado laboral contra las y los docentes que se nieguen a participar en las evaluaciones, que como ya se comentó están diseñadas como un instrumento intimidatorio y represivo.

Según el artículo primero constitucional: “En los Estados Unidos Mexicanos todo individuo gozará de las garantías que otorga esta Constitución, las cuales no podrán restringirse ni suspenderse, sino en los casos y con las condiciones que ella misma establece.”

Es así que la evaluación docente y la Ley General del Servicio Profesional Docente (LGSPD) derivada de la reforma educativa, es una violación flagrante de los derechos humanos y laborales establecidos en la Constitución Política y en la Ley Federal del Trabajo.

No se trata de una “reforma educativa” ni tiene sustento ni razonamiento favorable, lo único que vemos es la afectación y atropellos a los derechos de los trabajadores de la educación.

En virtud de los razonamientos antes expuestos por medio del presente posicionamiento, quiero manifestar mi postura como profesor y Diputado del Partido Movimiento Ciudadano, en contra de la evaluación docente, y a favor de que se suspenda de manera inmediata, ya que representa una violación a los derechos de los trabajadores del magisterio.


ATENTAMENTE.




DIP. LORENZO ARTURO PARGA AMADO.