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Mediante iniciativa de Decreto, el diputado Alejandro Gloria solicitó declarar al 2019 como Año Internacional de las Lenguas Indígenas

23 de octubre de 2018. H. CONGRESO DEL ESTADO.
PRESENTE.

El suscrito, Alejandro Gloria González, en mi carácter de Diputado de la Sexagésima Sexta Legislatura como representante del Partido Verde Ecologista de México, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 1 y 68, fracción I, de la Constitución Política del Estado de Chihuahua; los artículos 57, 167 fracción I, 168 y 169 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, así como 13 fracción IV, 75, 76 y 77 fracción I del Reglamento Interior y de Prácticas Parlamentarias del Poder Legislativo, someto a consideración del Pleno la presente Iniciativa con carácter de DECRETO para declarar al 2019 como Año Internacional de las Lenguas Indígenas;

Lo anterior al tenor de la siguiente:

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

El 19 de diciembre de 2016 la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó mediante la resolución 71/178 sobre derechos de los pueblos indígenas, la proclamación de que el año que comenzará el 01 de enero de 2019 será reconocido como Año Internacional de las Lenguas Indígenas, “a fin de llamar la atención sobre la grave pérdida de lenguas indígenas y la necesidad apremiante de conservarlas, revitalizarlas y promoverlas y de adoptar nuevas medidas urgentes a nivel nacional e internacional, e invita a la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura a que actúe como organismo coordinador de las actividades del Año, en colaboración con otros organismos pertinentes y dentro del límite de los recursos disponibles.”

Esto en virtud de que a la comunidad internacional se encuentra profundamente preocupada por el gran número de lenguas, en particular lenguas indígenas, que corren el peligro de desaparecer y destacando que, pese a los esfuerzos que se siguen realizando en esta materia, existe una necesidad urgente de conservar, promover y revitalizar las lenguas en peligro de extinción

A nivel local, la Ley de Derechos de los Pueblos Indígenas en su artículo 12 establece que los idiomas indígenas son válidos, al igual que el español, para cualquier asunto o trámite de carácter público, así como para acceder a la información, gestión y servicios; marcando que ninguna persona podrá ser sujeta a discriminación por causa o en virtud del idioma que hable.

Hasta el momento debemos destacar que el ejercicio del derecho al uso de su propio idioma se encuentra en un gran olvido y riesgo. Aunque existen esfuerzos en las diversas instituciones para contar con traductores intérpretes, como en el caso del Poder Legislativo que cuenta con una traductora del idioma ralámuli, Guadalupe Pérez; debemos reconocer que nos encontramos lejos de cumplir con el ideal que nos marca la constitución local al afirmar que nuestro estado tiene una composición plurilingüística.

Según datos del INEGI de al Encuesta Intercensal 2015, en el Estado de Chihuahua se hablan 42 idiomas indígenas de los 70 que se encuentran identificados en todo el entorno nacional, siendo los idiomas con mayor número de hablantes el ralámuli (incluyendo sus cuatro variantes), Odami o Tepehuano del norte, Náhuatl, Zapoteco, Chinanteco, Mixteco y el Mazahua, cada uno con más de mil hablantes. En el caso del ralámuli existen alrededor de noventa y ocho mil hablantes, mientras que el Odami existen quince mil, siendo mujeres más del 50% de hablantes

De los pueblos originarios del Estado, que históricamente se reconocen como ancestrales de la región, los o’oba o pimas y los warijó tienen 600 y 900 hablantes respectivamente, quienes al paso de los años han perdido número de hablantes. Debemos decir que la existencia de dichos pueblos se encuentre en grave riesgo de desaparición.

La pérdida de una lengua indígena se da entre muchos factores por discriminación estructural, dejando a los idiomas relegados a simples lenguas de estudio académico, y menos de uso cotidiano. En este sentido proponemos que como un acto de acción afirmativa se incluya la leyenda en todos los documentos oficiales: “2019, Año Internacional de las Lenguas indígenas”, pero además se incluya la versión traducida de dicha leyenda en ralámuli o en ódami según lo decida cada institución. La intención es que ambas lenguas sean de uso.

En este sentido solo queda agradecer a Lupita Pérez y a Jose Rosario Meléndez el que nos auxiliaran a realizar este proceso de interpretación a sus respectivas lenguas indígenas (ralámuli y ódami).

Por lo anteriormente expuesto, me permito someter a consideración del Pleno de este Honorable Congreso del Estado, el presente proyecto con carácter de:

DECRETO

ARTÍCULO PRIMERO.- La Sexagésima Quinta Legislatura del Honorable Congreso del Estado, declara:

“2019, Año Internacional de las Lenguas Indígenas.”

“Okuá Mili aminá makoi kimakoi bamiali (2019). Bamiali japali omawáriwa omana kawichi echi ralámuli ra’ichára”.

“Goka mil dan baixtama daidï tubuxthaama (2019). Bi'xi oidi dama oidákami mi ñïokádami obai kï baguian dukai dïgaboxkïina xako oidaka ïgai”

ARTICULO SEGUNDO.- Instrúyase, para su cumplimiento, a todas las Instituciones Públicas dependientes de los tres Poderes del Estado, administración centralizada, descentralizada, paraestatal y organismos constitucionales autónomos, así como a los ayuntamientos de los sesenta y siete municipios integrantes el Estado Libre y Soberano de Chihuahua, a que impriman las leyendas en idiomas indígenas que traduzcan la frase “2019, Año Internacional de las Lenguas Indígenas” ya sea en ralámuli “Okuá Mili aminá makoi kimakoi bamiali (2019). Bamiali japali omawáriwa omana kawichi echi ralámuli ra’ichára” o en ódami “Goka mil dan baixtama daidï tubuxthaama (2019). Bi'xi oidi dama oidákami mi ñïokádami obai kï baguian dukai dïgaboxkïina xako oidaka ïgai”, en todos los documentos oficiales que tengan a bien elaborar con motivo y en ejercicio de sus funciones y facultades, durante el transcurso de ese año.


ARTICULO TERCERO.- La Comisión de Pueblos y Comunidades Indígenas del H. Congreso del Estado, realizará diversos eventos y acciones a fin de visibilizar el uso de los idiomas indígenas en el Estado.


TRANSITORIOS

ÚNICO.- El presente decreto entrará en vigor el día primero de enero del año 2019, previa publicación en el Periódico Oficial del Estado.

ECONOMICO.- Aprobado que sea, túrnese a la Secretaria para los efectos conducentes.

Dado en el salón de sesiones a los veintitrés días del mes de octubre del año 2018.

MATETERA BA,
POR EL PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO,



DIP. ALEJANDRO GLORIA GONZÁLEZ