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Incorpora Congreso de Chihuahua la figura de Parlamento Abierto

30 de octubre de 2018.


- En la Constitución del Estado y la Ley Orgánica del Legislativo

Con la finalidad de incorporar mecanismos que garanticen a la sociedad su participación en la actividad parlamentaria, el Congreso del Estado realizó reformas a la Constitución Política del Estado y a la Ley Orgánica del Poder Legislativo, para establecer un Parlamento Abierto.
El Poder Legislativo del Estado, con la reforma constitucional al artículo 40 Bis, actuará como Parlamento Abierto y se regirá por los principios de transparencia de la información, rendición de cuentas, evaluación del desempeño legislativo, participación ciudadana y uso de tecnologías de la información, señaló la diputada Blanca Gámez Gutiérrez, Presidenta de la Comisión de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
Con la disposición de ponderar la participación ciudadana y fortalecer el Parlamento Abierto, dentro de la Ley Orgánica del Congreso, fue agregado al Título Primero, un Capítulo Segundo denominado “Parlamento Abierto”, el cual señala que las y los diputados deberán generar una apertura institucional para que la ciudadanía pueda involucrarse, de manera pacífica y organizada, en los trabajos legislativos.
Además, el Congreso del Estado deberá implementar mejores prácticas de transparencia y promoverá una agenda de parlamento y gobierno abierto en los ámbitos estatal y municipal, continuó la Legisladora.
Además Gámez Gutiérrez, aseveró que el Congreso de Chihuahua tiene una posición favorable de práctica en el tema de la participación ciudadana, ya que se han destinado grandes esfuerzos para que la ciudadanía pueda coadyuvar de manera directa en los trabajos y en las decisiones, a través de la realización de foros, consultas y mesas técnicas de trabajo, en las que la ciudadanía ha podido expresar su opinión.
Por último, resaltó la Gaceta Parlamentaria, como herramienta que permite que el Congreso publique información en una sola ubicación y cumplir las funciones de informar previamente, las iniciativas, dictámenes, comunicados, actas, informes, entre otros documentos que han de ser abordados en las sesiones plenarias.
Lo anterior, conforme a los Lineamientos Técnicos Generales para la Publicación, Homologación y Estandarización de las Obligaciones, establecidas en la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, que deben difundir los sujetos obligados en los portales de internet y en la Plataforma Nacional de Transparencia.