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Posicionamiento presentado por la diputada Georgina Bujanda en materia de prisión preventiva oficiosa

22 de febrero de 2019.
H. CONGRESO DEL ESTADO DE CHIHUAHUA
P R E S E N T E.-

Quien suscribe, Georgina Alejandra Bujanda Ríos, Diputada a la Sexagésima Sexta Legislatura del H. Congreso del Estado de Chihuahua, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, y en su representación, comparezco ante esta Honorable Asamblea a realizar el siguiente:

POSICIONAMIENTO:
El pasado 19 de febrero del presente año, la mayoría calificada de las y los legisladores de la cámara de diputados, aprobaron la reforma al artículo 19 constitucional, por la cual se aumentan de 7 a 16 los delitos que ameritan prisión preventiva oficiosa.
Durante el desarrollo de las audiencias públicas, actores de organismos internacionales, de la sociedad civil y de la academia fueron coincidentes en sus posturas, argumentando que la prisión preventiva oficiosa no es útil para combatir la impunidad, ni la violencia y que incluso tenía efectos perniciosos no solo para el sistema de ejecución de penas, sino para las personas que menos recursos tienen.
Lo anterior porque se contravienen derechos humanos como la libertad personal, el derecho al debido proceso y por ende la presunción de inocencia, ya que se generan penas anticipadas. En este sentido, la Corte Interamericana de Derechos Humanos, así como la Oficina de las Naciones Unidas han puesto sus ojos en México, debido a que es el único país que contempla tal figura con rigor constitucional.
Compañeras y compañeros, en primera instancia, es importante resaltar las diferencias existentes entre la prisión preventiva justificada y la prisión preventiva oficiosa. La primera, que también se encuentra establecida en el numeral 19 constitucional, es la facultad que tiene el ministerio público de solicitar al juez la imposición de la prisión preventiva como medida cautelar, debido a que el imputado puede caer en tres supuestos: sustraerse de la acción de la justicia, representar un peligro para las víctimas u ofendidos, y/o obstaculizar el desarrollo del debido proceso. Para determinar la aplicación de esta figura, existe una audiencia especial para analizar y controvertir la medida cautelar idónea al caso en concreto, en donde se toma en cuenta la opinión de las Unidades Estatales de Supervisión a Medidas Cautelares (UMECAS).
Mientras que la prisión preventiva oficiosa, es aquella que se impone de manera general, automática y sin análisis del caso en concreto, es decir, siempre se impone de manera obligatoria por disposición legal.
De igual manera, se ha tergiversado la propia naturaleza de la prisión preventiva, medida que surgió con el fin de controlar los riesgos procesales, no como una pena anticipada, ni como un instrumento de investigación. Tengamos claro que no asegura una condena, ni mucho menos la reparación del daño a las víctimas y ofendidos.
Aunado a lo anterior, es inaceptable instaurar una medida de carácter obligatorio que atente contra los principios rectores del sistema penal acusatorio, como lo son el principio de contradicción, el principio de inmediación, así como la presunción de inocencia. No podemos volver al sistema penal inquisitorio, debemos promover un sistema democrático de derecho.
Lo cierto es que la prisión preventiva oficiosa criminaliza la pobreza, los que menos recursos tienen serán los más afectados al no contar con los medios suficientes para su defensa. Puntualizamos que en materia de delincuencia organizada, deben mejorar las capacidades de las instituciones, ya que actualmente, la investigación criminal no permite que la condena llegue a las cabezas de las células delictivas, sino solo a los que materializan los delitos, los que se encuentran al final de la organización.
Es importante dejar claro, que las y los Diputados del Grupo Parlamentario de Acción Nacional condenamos energéticamente los delitos de abuso o violencia sexual contra menores, feminicidio, robo de hidrocarburos, desaparición forzada de personas, y delitos en materia de armas de fuego y explosivos de uso exclusivo del Ejército, la Armada y la Fuerza Aérea. Estamos a favor de la justicia, del castigo a los culpables, estamos comprometidos con proveer instrumentos jurídicos que busquen eliminar la impunidad, la reinserción delictiva, y conduzcan a la sociedad a un ambiente de seguridad y paz.
Por lo anterior, es necesario hacer una separación proporcional de los tipos penales, en primer lugar tenemos delitos como los sexuales o los que atentan contra el bien jurídico superior, así como los relativos a la portación de armas de fuego de uso exclusivo del ejército y en segundo lugar aquellos como el robo a casa habitación o uso de programas con fines electorales, en donde se busca principalmente, la reparación del daño.
En este contexto, no podemos permitir que una persona que esté acusada por el delito de robo a casa habitación, permanezca en prisión preventiva por uno o dos años, esperando a que llegue el día de su juicio, más aún cuando el monto de lo robado es pequeño. De igual forma, en el caso de los delitos electorales, existen riesgos de que las acusaciones por este tipo penal, sean usadas para cobrar venganzas o como garrote político. Es por ello que se debe analizar el caso en concreto en este tipo de delitos, para tener certeza si amerita o no prisión preventiva oficiosa, no podemos generalizar.
Dejamos claro, que el sistema penal acusatorio en México, necesita fortalecerse, sin embargo, el problema no es la falta de imposición de la prisión preventiva como medida cautelar. Entonces, ¿En dónde se encuentra el mayor reto del sistema de justicia?
El principal obstáculo dentro de la administración de justicia penal, existe en las funciones de operación del mismo. Esto significa que hay una deficiencia en la investigación criminal, que las fiscalías no cuentan con el personal operativo suficiente, ni con las capacidades necesarias para enfrentar los retos de la dinámica social actual. Urge fortalecer las estrategias de investigación, profesionalizar y capacitar a los distintos operadores del sistema y a los policías, es necesario robustecer a las fiscalías, para que cumplan con los objetivos del día a día.
Por otra parte, consideramos que fortalecer la coordinación entre los diversos actores que se ven inmiscuidos en las labores dentro de la administración de justicia penal, una comunicación efectiva entre las diferentes instancias coadyuvaría a remendar las deficiencias actuales del propio sistema.
En Acción Nacional, somos consientes de la problemática que Chihuahua y México enfrentan en materia de seguridad. La violencia, y la impunidad representan uno de los más severos problemas en el país, y por supuesto que nos corresponde a las y los representantes de los diversos órdenes y poderes públicos, la creación y aplicación de medidas preventivas, punitivas y correctivas que favorezcan a la paz y seguridad de las y los ciudadanos. No obstante, tenemos la convicción de combatir todas aquellas conductas ilícitas que tanto lesionan a nuestra sociedad y al estado de derecho, con medidas eficaces y con responsabilidad, procurando la preservación de los derechos humanos y la dignidad de la persona.
“Adelgazar los derechos humanos, no nos hará vivir más seguros”

ATENTAMENTE

GRUPO PARLAMENTARIO DEL PARTIDO ACCIÓN NACIONAL.