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Exhortan diputados a la SCT y a la SFP para que hagan válidas otorgadas por Construcción e Instalación de Infraestructura Urbana, S.A. de C.V.,

28 de marzo de 2019.


H. CONGRESO DEL ESTADO
PRESENTE.-

El suscrito diputado a la Sexagésima Quinta Legislatura e integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 68, fracción I de la Constitución Política del Estado de Chihuahua, así como 167, fracción l, y demás relativos de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Chihuahua, acudo ante esta Honorable Representación Popular, a efecto de presentar iniciativa con carácter de acuerdo, a fin de hacer un atento llamado a los titulares de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes y al órgano interno de control de la misma, así como también a la titular se la Secretaria de la Función Pública, para que en el ámbito de sus respectivas atribuciones, a efectos de que se hagan válidas las fianzas que la persona moral Construcción e Instalación de Infraestructura Urbana, S.A de C.V., otorgo para la ejecución de la obra la cual le fue adjudicada en la licitación pública, identificada bajo el numero LO-009000959-E333-2016, relativa a “TRABAJOS DE CONSERVACIÓN PERIÓDICA MEDIANTE FRESADO Y CARPETA (AMAAC), DEL KM150+00 AL KM162+00, CON ASFALTO PG 76-22; ASÍ COMO REPOSICIÓN DE SEÑALAMIENTO HORIZONTAL DEL TRAMO DELICIAS – CHIHUAHUA, DE LA CARRETERA JIMÉNEZ- CHIHUAHUA, EN EL ESTADO DE CHIHUAHUA”, por un monto de $ 23,873,924.11 (veintitrés millones ochocientos setenta y tres mil




novecientos veinticuatro pesos 11/100 M.N) , además de que se realice una inspección física de los trabajos ya ejecutados con la finalidad de que se evidencie que la obra no ha sido concluida en su totalidad, además de constatar la calidad con la que se ejecutaron los trabajos, lo anterior con base en la siguiente:

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

I. El día 09de junio de 2016, se llevó a cabo reunión con la finalidad de dar a conocer el fallo de la licitación pública, relativa a “TRABAJOS DE CONSERVACIÓN PERIÓDICA MEDIANTE FRESADO Y CARPETA DEL KM150+00 AL KM162+00; ASÍ COMO REPOSICIÓN DE SEÑALAMIENTO HORIZONTAL DEL TRAMO DELICIAS – CHIHUAHUA, DE LA CARRETERA JIMÉNEZ- CHIHUAHUA, EN EL ESTADO DE CHIHUAHUA”, dicho acto fue presidido por el C. Ing. Gelacio Carreño Román Director de Supervisión y Control de la Dirección General de Conservación Carretera, así mismo se le dio lectura al acta de fallo correspondiente a la convocatoria de la licitación pública nacional anteriormente referida.

Conforme a lo antes expuesto el adjudicatario correspondiente a la licitación pública arriba citada, fue el licitante “CONSTRUCCIÓN E INSTALACIÓN DE INFRAESTRUCTURA URBANA, S.A DE C.V.”, la cual le fue




adjudicada por un monto de $ 23,873,924.11 (veintitrés millones ochocientos setenta y tres mil novecientos veinticuatro pesos 11/100 M.N), incluyendo el IVA, dicha obra tendría un tiempo de ejecución de 120 días naturales los cuales se empezarían a contar a partir del día 16 de junio del año 2016.

El documento, surtiría efectos para el adjudicatario previo cumplimiento de los requisitos de entrega de los siguientes documentos: opinión de cumplimiento de las obligaciones fiscales, las fianzas de cumplimiento, así como también la que cubre el anticipo, por último la firma del contrato respectivo y sus anexos misma que se llevaría a cabo el día 13 de junio de 2016, lo anterior debería ser entregado y firmado en las oficinas de la Subdirección de Obras del Centro.

El fallo en mención surtió sus efectos para la empresa “CONSTRUCCIÓN E INSTALACIÓN DE INFRAESTRUCTURA URBANA, S.A DE C.V.”, la cual se obligó a firmar el contrato y sus anexos a las 10:00 horas del día 13 de junio del 2016, en las oficinas del departamento de contratos y estimaciones del Centro SCT Campeche, ubicadas en Av. Las Palmas s/n Edificio “A”, planta alta, Colonia Estación Antigua en San Francisco de Campeche, Campeche.




II. La moral CONSTRUCCIÓN E INSTALACIÓN DE INFRAESTRUCTURA URBANA, S.A DE C.V., contaba con 120 días naturales para la ejecución de los trabajos para los cuales fue contratada, mismos que según el acta de fallo comenzarían a contar a partir del día 16 de junio del año 2016, teniendo por fecha limite el día 12 de octubre del 2016, condición que se incumplió a todas luces ya que la realización de los trabajos se extendió de forma injustificada y es hasta el día de hoy, que los trabajos se encuentran inconclusos.

Por otra parte en reiteradas ocasiones tuve la oportunidad de entrevistarme con los vecinos de la región, en el desempeño de mis funciones como Diputado local, y en base a los testimonios de los mismos, me hacían saber que la obra duraba días o incluso meses sin ningún tipo de movimiento o avance en los trabajos de la misma, llego el punto en que la poca maquinaria que se tenía en el lugar se retiró, situación que a la fecha, prevalece y sigo constatando.

Es necesario destacar que el abandono de la obra, además de las molestias que ocasiona a los usuarios de la carretera, se convirtió en un riesgo para los mismos, por la escasa o nula señalización que se tenía por





parte de la empresa contratista para prevenir a los conductores de los trabajos que se están realizando y de los tramos que representaban un riesgo latente de sufrir algún tipo de colisión o cualquier incidente vial; este abandono y apatía ocasiono varios accidentes provocando graves lesiones a las personas que se vieron involucradas, además de cuantiosos daños materiales, es importante mencionar que todos estos incidentes podrían haber sido evitados si no fuera por la negligencia de la multicitada empresa y de la Secretaria que a sabiendas de todas estas irregularidades jamás actuó en consecuencia o bien hizo valer algún medio de apremio, así como tampoco hizo válidas las fianzas por el descarado y flagrante incumplimiento por parte de la empresa contratista.
Por lo anteriormente expuesto me permito presentar la siguiente iniciativa con carácter de:
ACUERDO:
PRIMERO.- La Sexagésima Quinta Legislatura del Estado de Chihuahua exhorta de manera respetuosa a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes y al órgano interno de control de la misma, así como también a la titular de la Secretaría de la Función Pública, para que en el ámbito de sus respectivas atribuciones, a efectos de que se hagan válidas las fianzas que la persona moral Construcción e Instalación de Infraestructura Urbana,


S.A de C.V., otorgo para la ejecución de la obra la cual le fue adjudicada en la licitación pública, identificada bajo el numero LO-009000959-E333-2016, relativa a “TRABAJOS DE CONSERVACIÓN PERIÓDICA MEDIANTE FRESADO Y CARPETA (AMAAC), DEL KM150+00 AL KM162+00, CON ASFALTO PG 76-22; ASÍ COMO REPOSICIÓN DE SEÑALAMIENTO HORIZONTAL DEL TRAMO DELICIAS – CHIHUAHUA, DE LA CARRETERA JIMÉNEZ- CHIHUAHUA, EN EL ESTADO DE CHIHUAHUA”.

SEGUNDO.- Se ordene por parte del área respectiva de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, una inspección física de los trabajos ya ejecutados con la finalidad de que se evidencie que la obra no ha sido concluida en su totalidad, además de constatar la calidad con la que se ejecutaron los trabajos.

Atentamente.


Diputado Jesús Alberto Valenciano García