Noticias

Reforma Congreso de Chihuahua la Ley de Juicio Político y Declaración de Procedencia y Ley Orgánica de Poder Legislativo

29 de abril de 2019. Con la finalidad de dar claridad a los cuerpos normativos de la Entidad, y a fin de generar una equidad procesal para las partes intervinientes, que dé a todos los que participen, certeza, igualdad y legalidad para una mayor seguridad jurídica, el Poder Legislativo de Chihuahua, reformó la Ley de Juicio Político y Declaración de Procedencia y la Ley Orgánica del Congreso.
El diputado Miguel La Torre Sáenz, presidente de la Comisión Primera de Gobernación y Puntos Constitucionales, al dar lectura al Dictamen de Decreto que contiene la reforma, señaló que es necesario dejar el nombre de la Comisión Jurisdiccional, en sentido singular, ya que es posible desahogar el trabajo con una sola comisión.
Detalló que con las adecuaciones realizadas a los ordenamientos antes mencionados, la Comisión Jurisdiccional, calificará la idoneidad de las pruebas, desechando las que sean improcedentes, debiendo en este supuesto fundar y motivar su determinación; para lo cual se atenderán todas las disposiciones de la Ley.
Asimismo, ordenará las medidas que resulten necesarias para su preparación; fijando día y hora para el desahogo de aquellas que así lo ameriten.
Dicho acuerdo deberá ser notificado personalmente a la denunciante y a la denunciada dentro de los tres días siguientes a que se dicte el mismo.
Si al concluir dicho plazo no hubiese sido posible desahogar las pruebas ofrecidas oportunamente, o es preciso allegarse de otras, la Comisión Jurisdiccional podrá ampliarlo por una sola vez hasta por quince días, concluido el cual se declararán desiertas de plano las pruebas que no haya sido posible desahogar.
Terminada el procedimiento, se pondrá el expediente a la vista de la parte denunciante, de la denunciada y de su defensa, por un plazo común de tres días, a fin de que tomen los datos que requieran para formular alegatos, los cuales deberán presentar por escrito dentro de los cinco días siguientes a la conclusión del plazo citado en primer término.
Para culminar, señaló que dentro de los artículos transitorios, se estableció que la conformación de la Comisión Jurisdiccional, se mantendrá durante el periodo que dure la Sexagésima Sexta Legislatura del Congreso del Estado.