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Reforma Congreso la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios del Estado

07 de mayo de 2019.

- En lo relativo a las excepciones a la licitación pública, para una correcta administración de los recursos

Con el propósito de incluir a las sociedades cooperativas dentro de los supuestos de excepción a la licitación pública, el Poder Legislativo llevó a cabo una serie de adecuaciones en el artículo 66, segundo párrafo, y adicionaron los artículos 72, con un séptimo párrafo y 74, con un quinto párrafo; todos de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios del Estado.
Dado a las realizadas, los entes públicos habrán de dar preferencia a las empresas locales y sociedades cooperativas, incluso al sector de micro, pequeñas y medianas empresas, siempre y cuando éstas ofrezcan las mismas condiciones que otros proveedores en el mercado, señaló la diputada Rocío González, presidente de la Comisión de Obras, Servicios Públicos y Desarrollo Urbano, del Congeso de Chihuahua.
Agregó que para ello, los entes públicos no podrán realizar adjudicaciones directas por más de tres veces con el mismo proveedor, en un periodo de doce meses contados a partir del día que quede formalizada la primera adjudicación, salvo algunos supuestos estipulados en la normativa.
Comentó que de acuerdo a lo detallado en las iniciativas que generaron las adecuaciones aprobadas en Sesión Ordinaria, las sociedades cooperativas han estado presentes en la historia de la humanidad desde tiempos muy remotos, pues este tipo de organizaciones representaban una forma de dividir esfuerzos y multiplicar beneficios en pro de sus intereses; por lo que es imperante que se estas sociedades puedan ser parte de los procesos de licitación pública, y de esta manera dar igualdad de oportunidades.
Para culminar, detalló que en lo relativo a adquisiciones, arrendamientos o prestación de servicios cuya contratación se realice con sociedades cooperativas legalmente constituidas, éstas deberán de contar con un mínimo de dos años de conformada, antes de la fecha en que se dé inicio al procedimiento de licitación y tener su residencia en el Estado.