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Solicita diputado René Frías modificación del decreto que crea el reconocimiento “Medalla al Mérito Cultural del Estado de Chihuahua, Víctor Hugo Rascón Banda”

24 de junio de 2019. Con la finalidad de que el reconocimiento sea entregado en Sesión Solemne durante la última quincena del mes de septiembre y la primera quincena del mes de octubre, al ciudadano o ciudadana de origen chihuahuense, que se distinga por sobresalir en el ámbito cultural, a partir de la convocatoria pública que emita la Junta de Coordinación Política del Congreso del Estado de Chihuahua.

DIPUTACIÓN PERMANENTE
DEL H. CONGRESO DEL ESTADO
PRESENTE.-
C. RENÉ FRÍAS BENCOMO, en mi carácter de Diputado de la Sexagésima Sexta Legislatura del H. Congreso del Estado de Chihuahua y Representante Parlamentario de Nueva Alianza, con fundamento en los artículos 68 de la Constitución Política del Estado, así como 167,169, 170 y demás relativos y aplicables de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, acudo ante este Honorable Cuerpo Colegiado con la finalidad de presentar la siguiente Iniciativa con Carácter de Decreto a efecto de reformar el Decreto 280/08 II P.O. que da origen al reconocimiento denominado “Medalla al Mérito Cultural Víctor Hugo Rascón Banda” para optimizar su correcto desarrollo y promover su realización en el marco del Festival Internacional Chihuahua, al tenor de la siguiente:

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
1. En el mes de junio del año 2008, la LXII Legislatura del H. Congreso del Estado aprobó el Decreto 280/08 mediante el cual se declara al Maestro, Doctor y Dramaturgo Víctor Hugo Rascón Banda, "Chihuahuense Distinguido", señalando el día seis de agosto de ese año para hacer entrega de dicho reconocimiento en Sesión Solemne, por medio de una medalla diseñada especialmente para tal evento; además determinó la institución de la Medalla al Mérito Cultural del Estado de Chihuahua, "Víctor Hugo Rascón Banda", con el propósito de honrar la memoria del ilustre dramaturgo en aquellas o aquellos ciudadanos de origen chihuahuense que, bajo convocatoria anual que para el efecto se expida, se distingan por sobresalir en el ámbito cultural.
2. A partir de entonces, y durante diez años consecutivos, el H. Congreso del Estado ha otorgado dicha presea a distinguidos artistas y promotores de la cultura, cuyo trabajo ha puesto en alto las manifestaciones culturales de Chihuahua a través de su obra y de su vida en beneficio de los chihuahuenses.
3. Hoy como entonces, quienes integramos esta Legislatura, pretendemos dar un mayor realce al evento, por ello, consideramos pertinente la modificación del Decreto 280/08, con el propósito de desarrollar este importante y tradicional festejo cultural, dentro del marco de la celebración del Festival Cultural Chihuahua entre los meses de septiembre y octubre de cada año, considerando adecuado este marco cultural al reconocimiento instituido con el nombre del dramaturgo chihuahuense, para el cual, la lucha por los derechos de los creadores y promotores del arte y la cultura, fue una de las muchas causas que motivó su lucha diaria, y por los que trabajó incansablemente en cada escenario en el que hizo brillar con su talento, el nombre de Chihuahua.
4. Por otra parte y dado que, dada la relevancia del premio, que lejos de ser un concurso, es precisamente un homenaje a una trayectoria y una vida entera dedicada a la cultura, entregándose a personalidades que ponen en alto el nombre de Chihuahua, no solo a nivel nacional sino en el ámbito cultural internacional, no como una expresión personal, sino como una muestra de la identidad que nos define a las y los chihuahuenses. Proponemos que se prevea la posibilidad en las convocatorias que se emitan en adelante de que sea otorgado póstumamente (ya que el Decreto no lo prohíbe) y que se incluya en la reforma del Decreto que pueda ser ampliado a aquellas personas que sin haber nacido en el Estado de Chihuahua, hayan vivido más de 30 años en el Estado y su obra hubiera representado a la cultura chihuahuense, lo anterior a fin de promover una mayor inclusión y participación en este homenaje.”
5. Por lo anteriormente expuesto, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 68 fracción I de la Constitución Política del Estado, 167 fracción I, 169, 174 fracción I de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado, así como los numerales 2 fracción IX, 75, 76 y 77 fracción I, del Reglamento Interior y de Prácticas Parlamentarias del Poder Legislativo, pongo a consideración de este Honorable Cuerpo Colegiado, el siguiente proyecto de Urgente Resolución con carácter de:
DECRETO
ARTÍCULO ÚNICO. – Se reforma el Artículo Segundo y se adiciona un Artículo Tercero al Decreto 280/08 II P.O., para quedar redactado de la siguiente manera:
ARTÍCULO PRIMERO.- …
ARTÍCULO SEGUNDO.- La Sexagésima Segunda Legislatura del Honorable Congreso del Estado de Chihuahua, instituye el reconocimiento denominado “Medalla al Mérito Cultural del Estado de Chihuahua, Víctor Hugo Rascón Banda”, en la cual se podrán abarcar indistintamente trabajos en todas las disciplinas de las bellas artes, misma que será entregada a partir del año 2019, en Sesión Solemne durante la última quincena del mes de septiembre y la primera quincena del mes de octubre, al ciudadano o ciudadana de origen chihuahuense, que se distinga por sobresalir en el ámbito cultural, a partir de la convocatoria pública que emita la Junta de Coordinación Política de esta Alta Representación Popular, durante el mes de marzo de cada año.
ARTÍCULO TERCERO.- …
T R A N S I T O R I O S
ARTÍCULO PRIMERO. - El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado.
Económico. Aprobado que sea, túrnese a la Secretaría para los efectos pertinentes.
Dado en el Salón de Sesiones del Poder Legislativo a los veinticuatro días del mes de junio del año dos mil diecinueve.
ATENTAMENTE

DIPUTADO RENÉ FRÍAS BENCOMO

D A D O en la sala Morelos del Palacio del Poder Legislativo, en la Ciudad de Chihuahua, Chihuahua, a los ---- días del mes de junio del año dos mil diecinueve.