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Declaran diputados sin materia la iniciativa por la cual se buscaba solicitar al Ejecutivo Federal para que se diera prórroga de inscripción ante el SAT

26 de septiembre de 2019.
Contenido íntegro del Dictamen presentado por la diputada Marisela Terrazas, integrante de la Comisión de Asuntos Fronterizos; por medio del cual se declara sin materia la iniciativa dirigida al Poder Ejecutivo Federal, para que en uso de sus atribuciones y facultades, se otorgara una prórroga de 30 días para la inscripción de contribuyentes al padrón ante el Servicio de Administración Tributaria, para obtener los beneficios que determinan en el Decreto de Estímulos Fiscales de la Franja Fronteriza Norte, por lo que se ordena su archivo como asunto totalmente concluido.


H. CONGRESO DEL ESTADO
P R E S E N T E. –

La Comisión de Asuntos Fronterizos, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 57 y 58 de la Constitución Política, 87, 88 y 111 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, así como por los artículos 80 y 81 del Reglamento Interior y de Practicas Parlamentarias, todos del Estado de Chihuahua, somete a la consideración de esta Soberanía el presente dictamen, elaborado con base en los siguientes:

A N T E C E D E N T E S

I.- Con fecha cinco de febrero de dos mil diecinueve, el Diputado Omar Bazán Flores, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presentó iniciativa con carácter de punto de acuerdo, a fin de exhortar al Titular del Poder Ejecutivo Federal, para que en uso de sus atribuciones y facultades, otorgue una prórroga de 30 días para la inscripción de contribuyentes al padrón ante el Servicio de Administración Tributaria, para obtener los beneficios que determinan en el Decreto de Estímulos Fiscales de la Franja Fronteriza Norte.

II.- La Presidencia del H. Congreso del Estado, con fecha ocho de febrero de dos mil diecinueve y en uso de las facultades que le confiere el artículo 75, fracción XIII, de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, tuvo a bien turnar a esta Comisión de Dictamen Legislativo la iniciativa de mérito, a efecto de proceder al estudio, análisis y elaboración del dictamen correspondiente.
III.- La iniciativa antes descrita se sustenta en los siguientes argumentos:

“Debido a los trámites por demás complicados y escasa información sobre la reglamentación del decreto fiscal para la zona fronteriza, es necesario que el gobierno federal autorice una prórroga por 30 días para la inscripción de contribuyentes al padrón del SAT a fin de tener oportunidad de acceder a los beneficios del Decreto de Estímulos Fiscales de la Franja Norte.

Es entendible la incertidumbre que prevalece en los municipios fronterizos de Chihuahua en torno a la reglamentación del decreto fiscal emitido por el presidente López Obrador.

No hay información suficiente y los trámites son por demás complejos, consideramos como prioritario que el Congreso de Chihuahua exhorte al gobierno federal amplíe por 30 días el plazo para los registros del padrón de beneficiarios ante el Sistema de Administración Tributaria -SAT- de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

De acuerdo a la información que disponemos, el próximo jueves vence el plazo para el registro ante el SAT del estímulo al IVA (para quedar en 8 por ciento) y en marzo para el del ISR (para quedar en 20 por ciento).

No existen adecuaciones a las reglas para tener pleno conocimiento de los beneficios o el incremento de compromisos adquiridos por los contribuyentes, además hay contribuyentes que, si desearan incorporarse en este padrón, deben ponerse al corriente con adeudos ante el SAT y, por otro lado, debe facilitarse el mecanismo de incorporación de aquellos contribuyentes que ya estén facturando, y que aún no están inscritos, pero lo harán dentro del plazo legal.

Solicitaremos al SAT una ampliación de al menos 30 días para el registro en el padrón de beneficiarios y una flexibilización de criterios para inscripción y reglas más claras.

Además, no todos los tipos de contribuyentes son susceptibles para gozar del beneficio en el estímulo al ISR, y no es tan fácil cumplir los requisitos.

Existen dudas de los contribuyentes, poca información oficial y versiones diversas como la de que se emitirá un criterio normativo precisamente para quienes facturaron al 16 por ciento durante los primeros días del año, solo por un citar un ejemplo.

Por lo anterior, reiteró la importancia de ampliar los plazos de inscripción ante el SAT y que el gobierno federal ofrezca más información sobre la reglamentación del Decreto Fiscal.

Los estímulos fiscales con reglas claras, que apliquen de manera permanente y no mediante un decreto anual, deben concederse sin regateos pues los estados fronterizos representan la quinta parte del Producto Interno Bruto del país.”

IV.- En vista de lo anterior, las y los integrantes de la Comisión de Asuntos Fronterizos, después de entrar al estudio y análisis de la iniciativa de mérito, formulamos las siguientes:
C O N S I D E R A C I O N E S

I.- El Honorable Congreso del Estado, a través de esta Comisión de Dictamen Legislativo, es competente para conocer y resolver sobre la iniciativa de antecedentes.

II.- Como se menciona en la exposición de motivos, la iniciativa pretende exhortar al Titular del Ejecutivo Federal, con el fin de solicitarle que se amplíe el plazo para que se lleve a cabo el registro de inscripción de contribuyentes de la franca fronteriza, para que puedan obtener los beneficios fiscales que contempla el Decreto de Estímulos Fiscales para la Región Fronteriza Norte.

III.- Al respecto, el treinta uno de diciembre del año dos mil dieciocho, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Decreto que contempla beneficios para los contribuyentes de los Impuestos al Valor Agregado (IVA) y Sobre la Renta (ISR), teniendo vigencia a partir del primero de enero del año dos mil diecinueve, y estipula que para obtener los beneficios que en él se contemplan, tienen un plazo para su inscripción en el padrón de contribuyentes, para el Impuesto al Valor Agregado, a hasta el siete de febrero, y para el Impuesto Sobre la Renta hasta el treinta uno de marzo del año en curso.

IV.- Como es sabido, la intención del Decreto en mención, es otorgar beneficios fiscales para mejorar la competitividad económica, el desarrollo y el bienestar de los habitantes de la región fronteriza norte de nuestro país. Por lo que toca al Impuesto al Valor Agregado, se reduce al 8 %, y este estimulo consiste en un crédito equivalente al 50% de la tasa prevista en la Ley de la materia. Esta simplificación se aplicará de forma directa sobre la tasa mencionada, a fin de que disminuida y se aplique al valor de los actos y actividades con dicho estimulo fiscal, el cual beneficiaría a los que se registraron antes del siete de febrero sin embargo, información obtenida del Sistema de Administración Tributaria, nos avisa que se amplió el plazo hasta el treinta de junio del año en curso, conforme a la reforma a la Novena Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal 2018, por lo que la solicitud planteada en la iniciativa se puede dar por cumplida.



Respecto del Impuesto Sobre la Renta, consistente en aplicar un crédito fiscal equivalente a la tercera parte de dicho impuesto por los ingresos que las empresas y personas físicas realicen en la mencionada región, y que para obtener este beneficio deben de estar registrados en el padrón de contribuyentes antes del treinta y uno de marzo y con ello poder reducir la carga fiscal, para que estas destinen mayores recursos a la inversión, generen empleos y aumenten su competitividad cabe mencionar que la complejidad en la interpretación de los requisitos para la inscripción en el padrón de contribuyentes, hace que no se tenga la claridad necesaria y como consecuencia, no existe un criterio normativo adecuado, por lo que se estima que la fecha estipulada en el mencionado Decreto no es lo suficientemente holgada, por lo que la iniciativa pretendía que se debería de ampliar el plazo para tal inscripción, con el fin de que mas contribuyentes pudieran obtener los beneficios que menciona dicho documento; sin embargo en este rubro no se logro una ampliación prevaleciendo la manifestada, es decir, treinta y uno de marzo del año dos mil diecinueve.

Resultado de lo anterior y habiendo trascurrido el termino solicitado en la iniciativa la Comisión hace del conocimiento que se discutió ampliamente el tema, toda vez que fue expuesto y analizado, concluyendo que ha quedado sin materia, por los argumentos de hecho y consideraciones de derecho, previamente vertidos.



V.- Por lo anteriormente expuesto, la Comisión de Asuntos Fronterizos somete a la consideración de esta Soberanía el presente proyecto de:


ACUERDO

ÚNICO.- La Sexagésima Sexta Legislatura del Honorable Congreso del Estado, resuelve que ha quedado sin materia la iniciativa que pretendía exhortar al Titular del Poder Ejecutivo Federal, para que en uso de sus atribuciones y facultades, se otorgara una prórroga de 30 días para la inscripción de contribuyentes al padrón ante el Servicio de Administración Tributaria, para obtener los beneficios que determinan en el Decreto de Estímulos Fiscales de la Franja Fronteriza Norte, por lo que se ordena su archivo como asunto totalmente concluido.

D A D O en el Salón de Sesiones del Poder Legislativo, en la ciudad de Chihuahua, Chih., a los veintiséis días del mes de septiembre del año dos mil diecinueve.




Así lo aprobó la Comisión de Asuntos Fronterizos, en reunión de fecha veinticuatro de septiembre del año dos mil diecinueve.
POR LA COMISIÓN DE ASUNTOS FRONTERIZOS
INTEGRANTES A FAVOR EN CONTRA ABSTENCIÓN

DIP. MISAEL MÁYNEZ CANO
PRESIDENTE


DIP. BENJAMÍN CARRERA CHÁVEZ
SECRETARIO


DIP. OMAR BAZÁN FLORES
VOCAL

DIP. ALEJANDRO GLORIA GONZÁLEZ
VOCAL


DIP MARISELA TERRAZAS MUÑOZ
VOCAL
Nota: La presente hoja de firmas corresponde al Dictamen de la Comisión de Asuntos Fronterizos, que recayó a la Iniciativa 555 con carácter de punto de acuerdo, a fin de exhortar al Titular del Poder Ejecutivo Federal, para que en uso de sus atribuciones y facultades, otorgue una prórroga de 30 días más para la inscripción de contribuyentes al padrón ante el Servicio de Administración Tributaria, para obtener los beneficios que determinan en el Decreto de estímulos fiscales de la franja fronteriza norte.