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Autoriza Congreso al Ejecutivo Estatal ser aval solidario del Tribunal Estatal de Justicia Administrativa

05 de diciembre de 2019.
- Se incorporará a trabajadores del órgano jurisdiccional al IMSS

Integrantes de la Sexagésima Sexta Legislatura del Congreso de Chihuahua, autorizaron al Ejecutivo Estatal, para que a través de la Secretaría de Hacienda, suscriba los instrumentos necesarios para que el Tribunal Estatal de Justicia Administrativa, incorpore voluntariamente al régimen obligatorio del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) a sus trabajadores a fin de brindarles servicio de seguridad social.
La diputada Rocio Sarmiento, integrante de la Comisión de Programación, Presupuesto y Hacienda Pública, señaló al exponer el Dictamen, que una vez que entre en vigor el Dictamen, el Tribunal de Justicia Administrativa se obligará a pagar directamente las cuotas obrero-patronales que se deriven del aseguramiento de sus trabajadores, en caso de que no lo haga, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y/o el Poder Ejecutivo del Estado de Chihuahua y/o la Secretaría de Hacienda del Ejecutivo Estatal, retendrá y referirá dichas cuotas.
Para lo anterior, el Gobierno del Estado fungirá como aval solidario del Tribunal, respecto al pago de las cuotas obrero patronales que se deriven de la aplicación del convenio que se celebre con el IMSS y que acepte el propio Poder Ejecutivo en su caso, de así requerirse, a solicitud del instituto de salud, que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público retenga y entere las cuotas respectivas con cargo a los subsidios, transferencias o a las participaciones en los ingresos federales que le correspondan.
De la misma manera, se autorizó para que se realice el convenio con el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (INFONAVIT), con el objeto de incorporar a sus trabajadores al régimen de vivienda que administra el referido Instituto, en los términos de la Ley de la institución referida, y demás disposiciones que resulten aplicables, así como para pactar la fecha de continuación de la prestación de los servicios y los sujetos de afiliación, así como los procedimientos de inscripción y cobro de las cuotas respectivas; para las cuales, el Ejecutivo Estatal fungirá como aval solidario.
Agregó que es facultad otorgada al Congreso del Estado, a través del Artículo 64, fracción IX, de la Constitución Política del Estado de Chihuahua, autorizar al Ejecutivo Estatal para que, en materia de deuda pública y con la limitación que establece el artículo 117, fracción VIII, de la Constitución General, celebre contratos, empréstitos y otorgue garantías sobre el crédito del Estado.
Para finalizar, mencionó que la Ley de Deuda Pública para el Estado de Chihuahua y sus Municipios, establece la competencia el Legislativo local, para autorizar al Estado, afectar participaciones que le correspondan en ingresos federales, en garantía o como fuente de pago de financiamientos y obligaciones contratadas como deudores u obligados directos o bien, para garantizar o cumplir financiamientos u obligaciones contraídos.