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Pide diputado Lara establecer una Mesa Técnica en materia de la armonización de la Ley Nacional de Extinción de Dominio

05 de diciembre de 2019. El diputado Obed Lara, en Sesión Ordinaria del Congreso del Estado, pidió a la Junta de Coordinación Política, adoptar las medidas necesarias para establecer una Mesa Técnica especializada en el análisis y armonización de la legislación local, con la Ley Nacional de Extinción de Dominio, dado a que su entrada en vigor, abroga la Ley estatal en la materia, y el plazo para la adecuación del marco legal local está transcurriendo.

A continuación, el contenido íntegro de la inciativa:


H. CONGRESO DEL ESTADO.-
P R E S E N T E:

El suscrito, Obed Lara Chávez, en mi carácter de Diputado a la Sexagésima Sexta Legislatura del H. Congreso del Estado de Chihuahua, e integrante del Grupo Parlamentario de Partido Encuentro Social, con fundamento en los artículos 68, fracción I de la Constitución Política del Estado de Chihuahua, así como 168, 169, 174 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Chihuahua, y 74 del Reglamento Interior y de Prácticas Parlamentarias del Poder Legislativo, me permito someter a consideración de esta Alta Representación, iniciativa de Punto de Acuerdo con carácter de urgente resolución a fin de que se lleve a cabo el establecimiento de una mesa técnica especializada en el análisis y armonización de la legislación local con la reciente Ley Nacional de Extinción de Dominio. Lo anterior al tenor de la siguiente:
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS:
La crisis de violencia, inseguridad e impunidad que se vive en nuestro país genera como resultado, en muchos de los casos, el aumento de las conductas ilícitas por parte de la delincuencia organizada y origina uno de los mayores problemas, como lo es la corrupción en todos sus ámbitos. A su vez el principal motor de estas actividades es la ambición de contar con fuentes ilícitas de recursos económicos.
Por eso es fundamental que se impulsen medidas y actuemos de manera categórica y eficaz en cumplimiento de la ley y el abatimiento de la impunidad.
Uno de los tramos de actuación en materia de seguridad y justicia es precisamente el relacionado con la recuperación de activos de manos del crimen y sobre todo de la corrupción. La recuperación de activos se lleva a cabo fundamentalmente a través de tres procesos reconocidos en nuestros ordenamientos jurídicos, que son el decomiso, el abandono y la extinción de dominio, sin embargo aun y cuando en nuestro país se cuenta con un marco jurídico amplio, los resultados de las políticas anti lavado y de recuperación de activos son muy deficientes.
Es de llamar la atención que en ámbito internacional la figura de la extinción de dominio ha dado buenos resultados, pero en México no ha logrado ser el engranaje que permita generar una estrategia de inteligencia institucional, atendiendo las causas, desmantelando las estructuras, quitándoles viabilidad financiera y finalmente, erradicando la impunidad.
El estado mexicano ante la comunidad internacional sobresale como lugar de origen y destino de los diferentes fenómenos relacionados con el crimen organizado y el lavado de dinero, así como la corrupción y sus efectos que perjudican en gran medida la gobernabilidad y el desarrollo de las naciones. En este sentido las autoridades han adoptado diversos instrumentos y tratados internacionales que contienen obligaciones para los Estados en materia de prevención y persecución de dichos actos ilícitos.
Por tales motivos se han suscrito diversos tratados internacionales emitidos por la Organización de las Naciones Unidas, destacando los siguientes: Convención de las Naciones Unidas contra el Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Psicotrópicas; la Convención de la Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional y sus tres protocolos complementarios en materia de Trata de Personas, Tráfico de Migrantes y Tráfico Ilícito de Armas, así como la Convención de Naciones Unidas Contra la Corrupción.
Dentro de ese contexto convencional, la Oficina de Naciones Unidas para la Droga y el Delito (ONUDD) elaboró la denominada Ley Modelo de Extinción de Dominio, que tiene como objetivo el servir como una directriz legislativa y de estandarización a efecto de que los miembros de la comunidad internacional den cuenta con el desarrollo de procedimientos que, en un estricto régimen de respeto a los derechos humanos, sean idóneos y proporcionales en materia de Extinción de Dominio.
Es importante destacar y aplaudir el ejercicio de consenso que se dio en fechas recientes en el Congreso de la Unión para lograr la expedición de la nueva Ley Nacional de Extinción de Dominio, la cual fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el día 9 de agosto del presente año.
Éste Decreto, en su artículo transitorio primero abroga las leyes de extinción de dominio de las Entidades Federativas, mientras que en el artículo transitorio tercero, concede un plazo que no excederá de ciento ochenta días contados a partir de su entrada en vigor para que las Legislaturas de los Estados armonicen la legislación respectiva con citada Ley.
Con la finalidad de que la presente Legislatura avance en dar cumplimiento a ésta disposición, pero sobre todo a fin de armonizar el ordenamiento legal estatal en la materia para fortalecer la figura jurídica de extinción de dominio, su procedimiento, así como los mecanismos para la administración de los bienes sujetos a dicho proceso, es que solicito ante esta Tribuna la creación de una mesa técnica especializada en el análisis y armonización local acorde a la reciente Ley Nacional de Extinción de Dominio, además porque del plazo concedido ya ha transcurrido más de la mitad y a la fecha no se han observado avances.
La Comisión Nacional de los Derechos Humanos, el 9 de septiembre del año en curso, promovió demanda de acción de inconstitucionalidad por considerar la invalidez de 12 artículos de la Ley en comento, en particular los artículos 1,2,5,7,9,11,15,16,173,177,190,228, y el sexto transitorio, considerando violados los derechos de: seguridad jurídica, acceso a la información pública, a la propiedad, a la protección de datos personales, a la tutela judicial efectiva, al debido proceso, así como a los principios de legalidad, máxima publicidad, irretroactividad de la ley, de Supremacía Constitucional y por último la obligación del Estado de respetar y proteger los derechos humanos. Estos son sólo algunos de los asuntos que prevalecen sujetos a discusión, sin embargo la ley se encuentra vigente y resulta necesario comenzar con el análisis a fondo de éste tema en Chihuahua, para determinar lo que se estime más conveniente en la entidad.
Lo anterior atendiendo a la realidad actual de la sociedad, a fin de hacer frente a la delincuencia que afecta a varios sectores de la población, con el objeto de fortalecer el combate al crimen organizado, así como perseguir los delitos de corrupción, para continuar mejorando la estrategia de seguridad pública y procuración de justicia que requiere nuestro Estado.
Es tarea de todos el seguir combatiendo al crimen y la corrupción en todos sus ámbitos, por eso la importancia de implementar nuevas disposiciones jurídicas acordes a las necesidades de la propia sociedad, dotando a las autoridades de instrumentos más eficientes para erradicar a fondo este tipo de actividades ilícitas que por tantos años han lastimado y ofendido a la población.
La sociedad civil organizada y diversas autoridades relacionadas con el tema están muy involucradas e interesadas en el seguimiento y estudio de la nueva Ley Nacional de Extinción de Dominio, ya que como todos sabemos desde el mes de agosto del presente año está vigente dicho ordenamiento jurídico, el cual incluye como figura relevante, entre otros, la extinción de dominio de los bienes producto de la corrupción y resulta muy importante por su agresividad, el empezar a pegar de manera directa a la economía sostenida por estas prácticas que tanto dañan el patrimonio de los chihuahuenses.
Por eso los invito compañeros, a que nos sumemos a ésta inquietud y no perdamos más tiempo en la conformación de estas mesas de armonización de la mano de la sociedad civil organizada, ya que contamos con esta arma jurídica para lograrlo y el interés de un gran número de profesionistas y expertos en el tema de seguir participando activamente y aportando recursos intelectuales y materiales para complementar este tipo de iniciativas.
Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en los artículos señalados, me permito someter a consideración de ésta Honorable Asamblea el siguiente Punto de:
ACUERDO:
ÚNICO.- La Sexagésima Sexta Legislatura del H. Congreso del Estado insta respetuosamente a la Junta de Coordinación Política, adopte las medidas necesarias a efecto de establecer formalmente una mesa técnica especializada en el análisis y armonización de la legislación local con la reciente Ley Nacional de Extinción de Dominio, dado que su entrada en vigor abroga la Ley del Estado en la materia, y el plazo para generar la adecuación del marco legal local está transcurriendo.
ECONÓMICO.- Aprobado que sea, túrnese a la Secretaría a fin de que elabore la Minuta de Acuerdo correspondiente.
DADO en el Salón de Sesiones del Honorable Congreso del Estado de Chihuahua, a los cinco días del mes de diciembre del año dos mil diecinueve.

ATENTAMENTE:

DIP. OBED LARA CHÁVEZ