Noticias

Crean el Centro de Traductores e Intérpretes como apoyo para garantizar la justicia a personas integrantes de los pueblos y comunidades indígenas

10 de diciembre de 2019.
- Se crea el Centro de Traductores e Intérpretes como órgano auxiliar del Poder Judicial
- El estado debe asistir en procesos judiciales a personas integrantes de pueblos y comunidades indígenas, mediante personas traductoras, intérpretes y defensoras, certificadas, que cuenten con dominio de su lengua y conocimiento de su cultura
En Sesión Ordinaria del Congreso de Chihuahua, integrantes de la Sexagésima Sexta Legislatura, reformaron mediante decreto, diversos ordenamientos locales, entre ellos, la Constitución Política del Estado, así como leyes secundarias correspondientes, para la conformación del Centro de Personas Traductoras e Intérpretes, como órgano auxiliar del Poder Judicial, para garantizar el derecho de acceso a la justicia de los pueblos y comunidades indígenas.
Por ello, se reformó la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado, en artículo 35 y 35 Quater, en los cuales se establece que para dar cumplimiento al derecho de acceso a la justicia a personas, pueblos y comunidades indígenas, la Fiscalía General del Estado, garantizará que cuenten con la asistencia de personas traductoras e intérpretes, debidamente certificadas, en toda actuación que les involucre, estableciendo para ello las previsiones necesarias y, de resultar indispensable, la celebración de convenios de colaboración o coordinación con las instituciones competentes.
Lo anterior, a través de la celebración de convenios tanto con el Poder Judicial, como con la Federación y sus respectivos Consejos de la Judicatura, para coadyuvar en los procesos de capacitación a quienes formen parte de la Defensoría Pública, así como a las personas traductoras e intérpretes, según corresponda, que integren la instancia especializada correspondiente.
Asimismo, se estableció en la Ley Orgánica del Poder Judicial, la existencia del Centro de Personas Traductoras e Intérpretes como órgano auxiliar del Poder Judicial, para el cumplimiento de sus funciones y desarrollo de sus actividades sustantivas; dicho Centro dependerá del Consejo de la Judicatura y para su dar cumplimiento a sus funciones, se establecerán centros regionales en los distritos judiciales que lo requieran.
El objetivo de dicho Centro es proveer lo necesario en materia de traducción e interpretación, a fin de que las instituciones de procuración, impartición y administración de justicia puedan garantizar, el derecho de acceso a la justicia a personas, pueblos y comunidades indígenas.
Además, apoyará a los Poderes del Estado y demás autoridades de la Entidad, para que los actos que emitan en el ámbito de su competencia, con consecuencias jurídicas para personas, pueblos y comunidades indígenas, se desarrollen con la asistencia de personas defensoras, traductoras o intérpretes debidamente certificadas.
Se determinó también, que de forma anual, se hará la partida presupuestal que permita cumplir con todas sus funciones.
Cabe mencionar que el Decreto con las reformas a los ordenamientos locales entre ellos, la Constitución Política del Estado, fue presentado al Pleno para su votación, por la diputada Rocio Sarmiento, presidente de la Comisión de Pueblos y Comunidades Indígenas.