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Reforman diputados la Ley de Vialidad y Tránsito del Estado

19 de diciembre de 2019. Integrantes de la Sexagésima Sexta Legislatura de Chihuahua, modificaron diversas disposiciones de la Ley de Vialidad y Tránsito para el Estado, con la finalidad de dar transparencia en el quehacer de la autoridad vial y brindar justicia al gobernado.
Así como, incorporar como infracción grave, el acto de abandonar en el interior de un vehículo automotor, a una persona incapaz de valerse por sí misma.
Los dictámenes por los que se realizaron adecuaciones, fueron presentados al Pleno en voz de la diputada Georgina Bujanda, presidente de la Comisión de Seguridad Pública y Protección Civil y el diputado Fernando Álvarez Monje, vocal de la misma.
Una de las reformas, consiste en ampliar el catálogo de infracciones graves dentro del ordenamiento estatal señalado, en los casos en que se exponga a niñas, niños o personas incapaces de valerse por sí mismas en el interior de un vehículo, con altas temperaturas y sin alguna abertura de las ventanas o sin el aire acondicionado del automóvil, o en casos de bajas temperaturas, el no tener una protección para la resistencia al frío.
A la vez, se busca evitar dicha conducta que ha ocasionado riesgos en la salud y ha llegado hasta acontecimientos fatales, por lo que dicho acto será causal de infracción grave y a la vez se atenderá el interés superior de la niñez y se ampliará la tutela de las personas que no pueden valerse por sí mismas, y de la misma forma, se contará con un instrumento jurídico que coadyuve en la prevención de dichas conductas.
Otra de las reformas realizadas, fue con la finalidad de brindar mayor transparencia en el quehacer de la autoridad vial y coadyuvar en el acceso a la justicia del gobernado, para ello, se obliga a los agentes de vialidad a portar durante toda su jornada, adherida a su uniforme, la videocamara portátil asignada.
Aunado a lo anterior, se estableció como obligatorio el que los agentes de vialidad porten en todo momento la video cámara portátil asignada, asimismo, el agente no podrá retener documentos a la persona infractora, únicamente podrán solicitar su exhibición.
También se plasmó la obligación de la autoridad, de realizar de manera periódica, una verificación al instrumental del Servicio Médico Oficial. Al respecto, las y los conductores tendrán derecho a que se le practique un segundo examen con instrumental distinto al utilizado en la primera revisión, esto, solo en caso de que el infractor, manifieste inconformidad respecto de la primer examen realizado.
Para finalizar, se detalló que las audiencias realizadas al infractor, serán videograbadas y se podrá solicitar copia del audio y video a costa de la parte interesada.