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Presenta diputada Anna Chávez iniciativa para reformar Ley de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes del Estado

20 de enero de 2020.
La diputada del PRI, Anna Elizabeth Chávez Mata, presentó iniciativa para reformar la Ley de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Chihuahua, a fin de establecer como obligación de quienes ejercen la patria potestad, tutela o guarda y custodia, y evitar el uso de juguetes y videos que induzcan a la violencia.


H. CONGRESO DEL ESTADO DE CHIHUAHUA
PRESENTE.-


La suscrita Anna Elizabeth Chávez Mata, en mi carácter de Diputada de la Sexagésima Sexta Legislatura del H. Congreso del Estado, como integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en lo dispuesto en el Artículo 64 fracción I y II, 68 fracción I ambos de la Constitución Política del Estado de Chihuahua, así como los artículos 167 fracción I y 168 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Chihuahua, así como los artículos 75, 76 y 77 del Reglamento Interior y prácticas parlamentarias del Poder Legislativo; acudo ante esta H. Representación Popular a presentar iniciativa con carácter de Decreto a fin de adicionar una fracción XII al artículo 108, así como una fracción XXVI al artículo 123 ambos de la Ley de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Chihuahua; en base a la siguiente; Lo anterior al tenor de la siguiente:


EXPOSICION DE MOTIVOS:


En el estado Mexicano, el marco jurídico que regula las relaciones de los individuos en la sociedad es la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los tratados internacionales aprobados y ratificados por el país y las leyes federales y locales.

Derivado de lo anterior se han ratificado cuantiosos tratados internacionales en materia de derechos humanos, a consecuencia de lo anterior se ha ido adecuando sus sistemas jurídicos nacionales y locales a los estándares mínimos reconocidos por estas convenciones y a realizar reformas legislativas al marco jurídico constitucional y en los niveles federal y local.

En materia de derechos de la infancia y la adolescencia, en 1990 México ratificó la Convención sobre los Derechos del Niño, por lo que desde ese momento quedó obligado a cumplir con sus disposiciones y a adoptar diversas medidas para hacer efectivos los derechos reconocidos en ella.

El Estado mexicano también llevó a cabo reformas constitucionales que le han permitido avanzar en el proceso de adecuación de su legislación interna, entre las que destaca la reforma al artículo 4°, que incorpora la noción de sujetos de derecho, reconociendo que los niños y niñas son titulares del derecho a la satisfacción de sus necesidades de alimentación, salud, educación y sano esparcimiento para su desarrollo, y estableciendo que los ascendientes, tutores y custodios tienen el deber de preservar estos derechos, mientras el Estado es responsable de proveer lo necesario para propiciar el respeto a la dignidad de la niñez y el ejercicio pleno de sus derechos y otorgar facilidades a los particulares para que coadyuven al cumplimiento de los derechos de la niñez.

A su vez en el caso particular del Estado dicha reforma Constitucional dio lugar a la creación de la Nueva Ley de los derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Chihuahua la cual entro en vigor el 01 de enero de 2016, acorde dicho documento con todas las disposiciones contempladas en nuestra Carta Magna, Tratados Internacionales y Leyes Federales referentes a derechos humanos, así como derechos de la infancia y adolescencia.

Cuyo objeto era garantizar a éstos la tutela y el respeto de los derechos fundamentales reconocidos en la Constitución, así como establecer los principios básicos conforme a los cuales el orden jurídico habrá de proteger y garantizar tales derechos, además de que con ello se atiende la adecuación recomendada por el Comité de los Derechos de los Niños de la Organización de las Naciones Unidas.


La citada convención en su artículo 34 señala que los estados partes reconocerán el derecho del niño al descanso, esparcimiento, al juego y a las actividades recreativas propias de su edad.


Si bien es cierto para uno de los objetivos principales para que un niño pueda realizar sus actividades recreativas son los juguetes; derivado de lo anterior hoy en día hay estudios que señalan que un juguete tiene por objeto la recreación, pero inmerso en ello se encuentra la formación, el aprendizaje, el desarrollo o estimulación de los aspectos intelectual, psicológico, sensorio-motriz y de convivencia social entre otros.


Como consecuencia de lo anterior se desprende que un juguete o videojuego no solo es utilizado para la recreación de un menor sino que este también tiene la función de intervenir como parte fundamental del desarrollo y crecimiento de los menores como individuos en sociedad.


Es por ello que creo preocupante la indiferencia de la sociedad con respecto de la importancia de los juguetes y videojuegos que hoy el comercio prolifera únicamente con fines lucrativos, sin importar el contenido educativo que los mismos deberían contener, siendo el caso inverso la expedición de juguetes tales como armas que generan en los niños un ambiente de agresividad siendo en su futuro la base de sus relaciones, así como videojuegos con contenido negativo, que promueven matar a personas o animales; el uso y abuso de drogas y alcohol, de mafias o pandillas, falta de respeto a autoridades, etc.


Por lo que es importante señalar que existen estudios que advierten que el uso de videojuegos con contenidos violento, provocan en los menores que los utilizan por tiempo prolongado reacciones de discusiones con figuras de autoridad en su entorno escolar o familiar, así como a volverlos más propensos a peleas tanto físicas como verbales con sus compañeros de escuela, o aun una situación más lamentable como ha sido eventos recientes donde menores de edad han utilizado armas de fuego, y han protagonizado masacres inconcebibles en su entorno.


Es por lo que se considera conveniente legislar de forma particular en este tema para crear conciencia tanto en los padres de familia como en las autoridades de la importancia de la prevención y reducción del uso de juguetes y videojuegos de contenido violento, con la finalidad de lograr que todos los niños crezcan en un ambiente de paz y armonía.



Por lo anteriormente expuesto, me permito someter a la consideración de esta Asamblea Legislativa, el siguiente proyecto de:


DECRETO:


UNICO.- Se adiciona una fracción XII al artículo 108, y se adiciona una fracción XXVI al artículo 123, ambos de la Ley de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Chihuahua, para quedar como sigue:

ARTÍCULO 108.- Son obligaciones de quienes ejercen la patria potestad, tutela o guarda y custodia, así como de las demás personas que por razón de sus funciones o actividades tengan bajo su cuidado niñas, niños o adolescentes, las siguientes:

I-XI….

XII.- Evitar el uso de juguetes y video juegos que induzcan a la violencia.


ARTÍCULO 123.- Corresponden a las autoridades estatales y municipales de manera concurrente, las atribuciones siguientes:

I-XXV….

XXVI.- Realizar campañas permanentes de concientización, con el fin de prevenir el uso de juguetes y video juegos que induzcan a la violencia.

TRANSITORIOS:

ARTÍCULO ÚNICO.- El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado.

ECONÓMICO.- Aprobado que sea, túrnese a la Secretaría a efecto de que elabore la minuta de Decreto en los términos en que deba de publicarse.


D A D O en el Salón del Pleno del Poder Legislativo, en la ciudad de Chihuahua a los 20 días del mes de Enero del año 2020.


ATENTAMENTE,




DIP. ANNA ELIZABETH CHAVEZ MATA
INTEGRANTE DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL