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Solicita diputada Ozaeta resolver carencia de servicios públicos en colonias de Ciudad Juárez

21 de mayo de 2021. En Sesión de la Diputación Permanente, la diputada Deyanira Ozaeta, presentó iniciativa con carácter de punto de acuerdo, a efecto de exhortar al Municipio de Juárez, a fin de que atienda y resuelva la carencia de servicios públicos, como la recolección de basura, alumbrado público y pavimentación, en las Colonias Granjas de Chapultepec, Andrés Figueroa, Tierra Libertad, Luis Holague, México 68, División del Norte, Pancho Villa, La Cuesta I, Independencia I y II, 9 de Septiembre, Che Guevara, Revolución Mexicana o La Presa.

H. CONGRESO DEL ESTADO DE CHIHUAHUA
PRESENTE. –

La suscrita Amelia Deyanira Ozaeta Díaz, en mi carácter de Diputada de la Sexagésima Sexta Legislatura e integrante del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, con fundamento en los artículos 64 fracciones I y II, y 68 fracción I de la Constitución Política del Estado, así como la fracción I del artículo 167, 169 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, acudo ante la Comisión Permanente de la Sexta Legislatura del H. Congreso del Estado de Chihuahua para exhortar de manera respetuosa al Municipio de Ciudad Juárez, a fin de que atienda y resuelva, la carencia de servicios públicos como la recolección de basura, alumbrado público y pavimentación, en las colonias Granjas de Chapultepec, Andrés Figueroa, Tierra Libertad, Luis Holague, México 68, División del Norte, Pancho Villa, La Cuesta I, Independencia I y II, 9 de Septiembre, Che Guevara, Revolución Mexicana o La Presa.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Los servicios públicos son derechos que las personas tenemos y que el municipio, como instancia de gobierno más cercana a la población, debe proveer pues es parte de su responsabilidad.

La administración pública desde el municipio busca precisamente el respeto de los derechos humanos, al tiempo que protege la igualdad, ya que esta condición depende del alcance y acceso que las personas tengan de estos servicios.

Es así como para lo que la mayoría de los municipios, el brindar estos servicios públicos es la principal tarea de su administración.

“Los servicios públicos municipales son aquellos que por ley deben prestar los ayuntamientos. La constitución federal los enumera y las constituciones locales y las leyes orgánicas municipales señalan las atribuciones de los ayuntamientos estableciendo que corresponde a los municipios organizar y reglamentar su administración y funcionamiento”.


Entre los servicios que debe prestar el municipio a la población, están:

• Servicios básicos: agua potable, drenaje y alcantarillado, calles y banquetas, alumbrado público.
• Servicios básicos complementarios: servicio de limpia; mercados y centrales de abasto; educación; panteones; rastros; transporte público; vialidad y ordenamiento territorial, etc.

Todos estos servicios deben brindarse sin ninguna distinción, pues se trata de un beneficio colectivo; debe ser permanente, es decir, se debe prestar continuamente; adecuado, lo cual quiere decir que se debe responder a las necesidades concretas de cada comunidad; y sobre todo, debe ser gratuito.

Las necesidades pues, establecen los derechos, es decir, la recolección de basura, el alumbrado público y la pavimentación, son derechos que se les confieren a las personas y que deben ser brindadas por las autoridades. No hablamos pues de cosas menores, hablamos de necesidades que se convierten en derechos, por lo que no hacerlo, constituye una violación a los derechos humanos.

Colonias como Granjas de Chapultepec, Andrés Figueroa, Tierra Libertad, Luis Holague, México 68, División del Norte, Pancho Villa, La Cuesta I, Independencia I y II, 9 de Septiembre, Che Guevara, Revolución Mexicana o La Presa, padecen de la carencia de los servicios públicos antes mencionados.

Es importante reconocer el carácter que los servicios públicos tienen dentro de la administración pública, y, por ende, la responsabilidad que implica que estos sean atendidos con eficiencia y calidad.

Por lo antes expuesto y con fundamento en lo dispuesto en los artículos invocados en el proemio, someto a consideración de esta Honorable Asamblea, el siguiente:


ACUERDO

PRIMERO –La Comisión Permanente de la Sexta Legislatura del H. Congreso del Estado de Chihuahua exhorta de manera respetuosa al Municipio de Ciudad Juárez, a fin de que atienda y resuelva, la carencia de servicios públicos como la recolección de basura, alumbrado público y pavimentación, en las colonias Granjas de Chapultepec, Andrés Figueroa, Tierra Libertad, Luis Holague, México 68, División del Norte, Pancho Villa, La Cuesta I, Independencia I y II, 9 de Septiembre, Che Guevara, Revolución Mexicana o La Presa.


ECONÓMICO: Aprobado que sea, túrnese a la Secretaría para que elabore la Minuta de Acuerdo en los términos en que deba publicarse.

D A D O en Sesión Virtual y/o de Acceso Remoto del Poder Legislativo, en la Ciudad de Chihuahua, Chihuahua, a 21 de mayo de 2021.


ATENTAMENTE



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DIP. AMELIA DEYANIRA OZAETA DÍAZ
GRUPO PARLAMENTARIO DEL PARTIDO DEL TRABAJO