Noticias

Pide diputada Ortega reformar el Código Penal del Estado a fin de agregar un Capítulo denominado Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual y la Identidad de Género

21 de octubre de 2021.
La diputada de Morena Leticia Ortega Máynez presentó una iniciativa de ley para reformar el Código Penal del Estado a fin de sancionar las denominadas “terapias de conversión”, que brindan servicios para que personas con identidad o distintas orientaciones sexuales retomen el camino de la heterosexualidad normada.

Actualmente existen organizaciones y grupos que ofrecen “terapias de conversión o reparativas”, Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual y la Identidad de Género (ECOSIG), que intentan “corregir” la orientación o identidad sexual de las personas no heteronormadas, y que han ganado popularidad en los grupos conservadores; sin embargo, estas han sido utilizadas para someter a personas en contra de su voluntad, en una clara violación a los derechos humanos.

Quienes promueven estas terapias se basan en la creencia de que la orientación sexual y la identidad de género de las personas deben cambiarse o reprimirse cuando no se ajustan a lo que otros actores consideran la norma deseable.

La diputada expuso que los intentos de patologizar a las personas lesbianas, gays, bisexuales, transgénero o de género diverso, tienen consecuencias profundas en su integridad y bienestar físicos y psicológicos.

“Las prácticas destinadas a lograr la conversión son inherentemente humillantes, denigrantes y discriminatorias. Los efectos que tienen la sensación de impotencia y la humillación extrema generan profundos sentimientos de vergüenza, culpabilidad, autoaversión e inutilidad que pueden menoscabar el autoconcepto y provocar cambios negativos permanentes en la personalidad”, indicó la legisladora.

El daño ocasionado por los ECOSIG comienza con la noción de que una persona está enferma o es anormal a causa de su orientación sexual o identidad de género y, por lo tanto, debe ser tratada, lo que da lugar a un proceso de victimización.

En este sentido, la población LGBTTTI+ no solo llegan a ser rechazadas sino que inclusive son obligadas a soportar diversos actos tendientes a "reorientar" o "reasignar" su orientación sexual o su identidad de género, las cuales van desde sesiones de pláticas, sermones, "terapias" y "tratamientos" que no tienen sustento científico alguno.

En este sentido, se retoma la tipificación actualmente aplicada en otros países y entidades federativas que ya sancionan estas prácticas que vulneran, discriminan y violentan derechos humanos fundamentales.

Ortega Máynez destacó que Chihuahua tiene la obligación de legislar con enfoque antidiscriminatorio para prohibir estas prácticas, ya que tienen por objeto la restricción o el menoscabo de los derechos humanos y son mayormente reprochables cuando tales prácticas se dirigen o aplican en personas con vulnerabilidad agravada, como niñas, niños y adolescentes.

“Los ECOSIG no son admisibles en una sociedad donde el faro que nos guía son los derechos humanos. Solamente a través de la inclusión de la diversidad sexual y de género en todos los espacios es que lograremos crear una sociedad en donde todas las personas gocen del respeto a la dignidad y libre desarrollo de la personalidad, sin violencia y discriminación”.