Sesión Ordinaria del Segundo Periodo Ordinario de la Sexagésima Octava Legislatura, dentro del Segundo Año de Ejercicio Constitucional, que se realiza de manera presencial en el Recinto Oficial del Poder Legislativo, y en la modalidad de acceso remoto o virtual.
De conformidad con el artículo 160 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, las sesiones del Pleno son públicas, salvo en los casos que en el mismo precepto se establecen.
En consecuencia, no se requiere autorización alguna para asistir a las mismas.
Dip. Guillermo Patricio Ramírez Gutiérrez
Dip. Francisco Adrián Sánchez Villegas
Dip. Pedro Torres Estrada
Sus reuniones serán públicas, salvo en los casos previstos en el artículo 160 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo.
Sus reuniones serán públicas, salvo en los casos previstos en el artículo 29 del Reglamento Interior y de Prácticas Parlamentarias del Poder Legislativo.
Igualdad
03 marzo 2026 | 09:00 HorasComisión de Trabajo y Previsión Social
03 marzo 2026 | 09:30 HorasMedio Ambiente, Ecología y Desarrollo Sustentable.
03 marzo 2026 | 12:00 Horas y/o al término de la sesión.Desarrollo Municipal y Fortalecimiento del Federalismo
03 marzo 2026 | 12:00 Horas y/o al término de la sesión.Pueblos y Comunidades Indígenas
De conformidad con el artículo 103 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo las reuniones de Comisión son públicas, pero podrán celebrarse reuniones privadas, atendiendo a la naturaleza de los asuntos que se traten.
En consecuencia, no se requiere autorización alguna para asistir a las mismas, salvo en los casos señalados.

El Grupo Interdisciplinario de Archivos del H. Congreso del Estado de Chihuahua realizó su primera sesión ordinaria del presente año para la presentación de su Informe 2025 y la aprobación del Programa Anual de Desarrollo Archivístico 2026. En un ejercicio de transparencia y rendición de cuentas, el Grupo Interdisciplinario de Archivos del Poder Legislativo llevó a cabo su primera reun...

Febrero 2 de 1861 Durante el gobierno de Benito Juárez, es decretada la Ley sobre Libertad de Imprenta, sin más límite que el respeto a la vida privada, a la moral y a la paz públicas. La ley es cuidadosa y precisa, en 43 artículos expresa el deseo de garantizar y proteger la libertad de expresión, pero también de restringir sus excesos. Lo que considera punible, en cuanto a las faltas a la vida privada, es la atribución a alguna persona ...