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Aprueban diputados diversos dictámenes de la Comisión de Desarrollo Municipal y Fortalecimiento del Federalismo

25 de mayo de 2023. -Con ello se crean las Comisiones municipales de Movilidad Sustentable y Seguridad Vial, y de los Derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes; se disminuye la edad de jubilación de 30 a 25 años para policías y bomberos y se obliga a los municipios a expedir el atlas de riesgo y actualizarlo anualmente.

La Comisión de Desarrollo Municipal y Fortalecimiento del Federalismo, sometió al pleno legislativo una reforma a la Ley del Instituto Municipal de Pensiones, al Código Municipal y a la Ley de Protección Civil, estos últimos del Estado de Chihuahua.

En ese sentido, con lo que respecta a la reforma a la Ley del Instituto Municipal de Pensiones, se determinó que policías y bomberos de nuevo ingreso, realizarán una aportación del 20% de su sueldo de cotización en el primer año de servicio, posteriormente con cada año cumplido, disminuirá en 1% hasta llegar al sexto año de servicio, a partir del cual se fijará una aportación del 15% de su sueldo de cotización hasta cumplir 20 años de servicio. A partir de los 20 años se incrementará gradualmente un 1% hasta llegar a los 25 años de servicio. El municipio realizará su aportación en igual proporción al porcentaje señalado.

Además, tratándose de policías y bomberos, tienen derecho a una pensión por jubilación con el 100% (cien por ciento) del sueldo regulador cuando hayan prestado sus servicios durante 25 años íntegros. Y cuando hayan prestado sus servicios por un periodo mínimo de quince años íntegros, tendrán derecho a disfrutar de una pensión de retiro cuando cumplan sesenta años.

Asimismo, quienes cuenten con al menos quince años íntegros de servicio y un mínimo de cincuenta y cinco años de edad, podrán optar por una pensión anticipada por retiro. El monto de esta pensión se reducirá un 5% (cinco por ciento) por cada año que le falte para cumplir sesenta años de edad, con respecto al beneficio que le hubiera correspondido en la pensión establecida en el artículo 25 Bis de esta Ley.

Por otra parte, el monto de la pensión por invalidez total por causas ajenas al servicio, será un porcentaje del sueldo regulador, dependiendo de la antigüedad al momento del siniestro. Toda fracción de más de seis meses de servicio se considerará como año completo.

Finalmente, cuando cuenten con al menos seis años de servicio íntegros y fallezca por causas ajenas al trabajo, sus beneficiarios tendrán derecho a recibir una pensión por muerte por causas ajenas al trabajo. El monto de esta pensión será de un porcentaje del sueldo regulador dependiendo de la antigüedad que tuviera al momento del siniestro. El monto de esta pensión se reducirá un 10% (diez por ciento) anual durante los siguientes cinco años. El dictamen fue leído por el Diputado Ismael Pérez Pavía.

Ahora bien, con respecto al Código Municipal, los diputados locales resolvieron que los municipios deberán crear dos nuevas comisiones de regidores, en este caso: De Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes así como aquellas otras que determine el Ayuntamiento, de acuerdo a las necesidades del municipio como es la De Movilidad Sustentable y Seguridad Vial.

Cabe mencionar que lo anterior, deriva de que si bien como autoridades, los municipios tienen la obligación de atender las disposiciones a nivel convencional y constitucional como es el caso de los derechos de niñas, niños y adolescentes, en el caso de la movilidad sustentable y seguridad vial, los ayuntamientos deben tener la potestad de analizar si de acuerdo a la infraestructura urbana y organizacional, se tiene la necesidad y posibilidad de crear una Comisión para la atención en esta materia. El dictamen fue leído por la Diputada Leticia Ortega Máynez.

Finalmente, en una reforma al anterior ordenamiento y la Ley de Protección Civil, se promueve la creación de instancias municipales en materia de protección civil establecidas en la Ley Estatal en la materia; a fin de dar cumplimiento a los preceptos que la misma establece, asumiendo la responsabilidad de elaborar, instrumentar y dar seguimiento a las políticas, acciones, planes y programas en materia de protección civil municipal.

Y se establece el elaborar a través de las Coordinaciones Municipales, su atlas de riesgo, programa municipal de protección civil, planes de contingencia por temporada y programas especiales. El dictamen fue leído por el Diputado Omar Bazán Flores.