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Expide Congreso la Ley del Programa Escuela para Madres, Padres o Quienes Ejerzan la Tutela, Guarda y Custodia para el Estado

20 de diciembre de 2023. En Sesión Ordinaria de la 67 Legislatura, fue expedida la Ley del Programa Escuela para Madres, Padres o Quienes Ejerzan la Tutela, Guarda y Custodia, la cual regulará la integración, organización y funcionamiento del Programa en materia.

Dicho programa se constituye como un espacio educativo para proporcionar a las madres, padres o quienes ejerzan la tutela, guarda y custodia la orientación necesaria para dar mayor atención a las niñas, niños y adolescentes y lograr el bienestar familiar y social de acuerdo con las estructuras de calidad requeridas por la sociedad, fundado en valores éticos y de respeto a los derechos humanos y la convivencia social; refirió la diputada Diana Pereda, presidente de la Comisión de Familia, Asuntos Religiosos y Valores.

La Ley recién expedida está conformada por tres capítulos, el primero es relativo a disposiciones generales; el segundo, dividido en cinco secciones, denominado: “De las Autoridades y sus Auxiliares”, refiere sobre las autoridades en materia de la Ley, así como sus atribuciones. Su Sección Primera fue denominada “Del Poder Ejecutivo”; la Segunda, “Del Consejo Estatal”, menciona las funciones consultivas que tendrá el Consejo Estatal, además de sus atribuciones de coordinación de acciones y de participación social para implementar el Programa.

En lo que respecta a la Tercera Sección, que se denomina “De La Persona Coordinadora Del Programa”, sobre la persona encargada de coordinar el Programa, los requisitos que deberá reunir y las atribuciones que tendrá respecto al trámite y resolución de los asuntos de su competencia.

Ahora bien, la Sección Cuarta, titulada “De Las Autoridades Municipales” refiere sobre la función que tendrán éstas dentro del Programa, en cada uno de los ayuntamientos.

Por último, la Sección Quinta, “De las Entidades Auxiliares” que versa sobre aquellos grupos y asociaciones que darán auxilio a la ejecución y aplicación del Programa, en cada uno de sus ámbitos.

El Capítulo Tercero de la Ley, denominado ”Del Programa”, contiene lo relativo a todas aquellas herramientas que ofrecerá a las madres, padres o quienes ejerzan la tutela, guarda y custodia de las niñas, niños y adolescentes, para que puedan guiar y orientar a sus familias, procurando favorecer la crianza positiva, los valores prioritarios que impulsa el Programa, los módulos que podrán integrarse, así como las constancias que serán entregadas a las madres, padres o quienes ejerzan la tutela, guarda y custodia, una vez que hayan terminado los módulos del Programa.

Por último, también fue reformada la Ley Estatal de Educación y el Código Administrativo, para que padres, madres o quienes ejerzan la tutela guardia y custodia, acudan a las reuniones convocadas por la Autoridad Educativa Estatal, relacionadas al Programa referido y para que la autoridad correspondiente conceda el permiso a las personas trabajadoras, cuyas niñas, niños y adolescentes, se encuentren cursando estudios, para que puedan acudir a las citas a que sean convocados por la Autoridad Educativa, presentando ante el patrón y con razonable anticipación, el citatorio o justificación respectiva.

Cabe destacar que esta nueva Ley, así como las adecuaciones a los ordenamientos referidos, surgieron a raíz de la iniciativa presentada por diputadas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PAN.