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Reforma Congreso el Código Penal en materia de delitos patrimoniales

20 de diciembre de 2023. -Se sancionará a quien ofrezca o venda boletos de espectáculos públicos, con precios superiores a los autorizados.

Por unanimidad de votos de los diputados de la 67 Legislatura de Chihuahua, reformaron el Código Penal del Estado, en materia de delitos patrimoniales.

La diputada Georgina Bujanda, presidente de la Comisión de Justicia, expuso las distintas reformas y adiciones a dicha norma, que a continuación se enuncian:

Se reforma el Artículo 209 Bis: Se impondrán de seis meses a tres años de prisión a quien sustraiga agua sin el consentimiento de quien legalmente pueda otorgarlo. Cuando la sustracción tenga como finalidad obtener un lucro en beneficio propio o de un tercero, se impondrá de uno a cinco años de prisión.

Se adiciona un segundo párrafo a la fracción IV del Artículo 211: Cuando el robo recaiga sobre el catalizador de un vehículo, se aplicará prisión de dos a cinco años.

Se adiciona una fracción VII al Artículo 212: Cuando el robo… Recaiga sobre bienes históricos o artísticos de interés local.
Se reforma el Artículo 239: … Cuando lo adquirido o recibido sea ganado; semillas, frutos cosechados o por cosechar, o cualquier otro artículo destinado al aprovechamiento agrícola, forestal o frutícola; o algún catalizador de cualquier tipo de vehículo automotor, se le aplicará de dos a cuatro años de prisión y multa de cien a cuatrocientas veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización.

Por otro lado, se reformó el artículo 137 Bis. del Código Municipal para el Estado de Chihuahua; para quedar redactado de la siguiente forma:

Artículo 137 Bis. De acuerdo con lo que cada ayuntamiento determine, se sancionará a quien ofrezca o propicie la venta de boletos de espectáculos públicos, con precios superiores a los autorizados por quienes explotan dichos espectáculos.