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(2003) Solicitudes


Folio: 080144423000111

Fecha de Solicitud: 17 de mayo de 2023

Fecha de Contestación: 31 de mayo de 2023

Pregunta: : Por medio del presente documento quiero preguntar:
1.- ¿Cuál es el principal objeto de la institución?
2.- ¿Quién es el principal líder dentro de la misma?
3.- ¿Cuál es el mayor sueldo recibido dentro del H. congreso del Estado?
4.- ¿Cuál es la estructura organizacional de la institución?
5.- ¿Cuáles son los principales tramites dentro de la institución?
6.- ¿Cuál consideran que es su principal objetivo?
7.- ¿Cuáles son los valores de la institución?
8.- ¿Cuál es la misión del congreso?
9.- ¿Cómo está conformado el congreso?
10.- ¿Cuál es la visión del congreso?
11.- ¿Cuál es el código de ética?
12.- ¿Cuál es el salario dentro de la institución?
13.- ¿Cuántos días de descanso se da a los trabajadores?
14.- ¿Quién los representa ante el ejecutivo?
15.- ¿Cómo puedo seguir las sesiones en vivo del H. Congreso del estado?

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Folio: 080144423000110

Fecha de Solicitud: 16 de mayo de 2023

Fecha de Contestación: 30 de mayo de 2023

Pregunta: ¿Cuántos Diputados tiene el Congreso del Estado de Chihuahua? ¿Cuánto
ha sido el presupuesto total del Congreso del Estado en los años 2016,2017,2018,2019,2020,2021 y
2022? ¿Cuántas leyes nuevas aprobó el Congreso del Estado de Chihuahua del 01 de octubre de 2016 al 1 de diciembre de 2022?

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Folio: 080144423000109

Fecha de Solicitud: 16 de mayo de 2023

Fecha de Contestación: 26 de mayo de 2023

Pregunta: “…Por medio de la presente solicito me sean proporcionadas copias de los
oficios No. SESEA/ST/6387/2023 y FGE 1S/1/1/0519/2023, remitidos a este poder legislativo por la
Fiscalía Anticorrupción y la Fiscalía General del Estado respectivamente, el primero de ellos en relación
con el exhorto No. LXVII/PPACU/0601/2023 II P.O. y el segundo relativo a estadística delictiva actualizada al mes de abril presente año".

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Folio: 080144423000108

Fecha de Solicitud: 15 de mayo de 2023

Fecha de Contestación: 26 de mayo de 2023

Pregunta: : Por la presente solicitud de transparencia expreso mi interés para conocer
la siguiente información referente al Consejo Estatal Ciudadano; cuya conformación está regulada en la
Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares y
del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas (de ahora en adelante, Ley General) y que, además, la
conformación se hace de carácter obligatorio para las Entidades Federativas porque así lo indica la Ley
General en los artículos que a continuación indicaré. Sobre esto, debe resaltarse que el artículo 73,
fracción XXI, inciso a) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, dota a la Ley General
de capacidad para la distribución de competencias entre la Federación y las Entidades Federativas, por lo
que las obligaciones son de carácter constitucional. Entendiendo, además, que si bien puede haber una
legislación local, la fundamentación de esta solicitud con la Ley General no perjudica la obligación de la
autoridad para responder en el ámbito de su competencia esta solicitud de transparencia; pues como ya
se ha mencionado es de carácter obligatorio para las autoridades señaladas la realización de las
obligaciones conferidas en la Ley General. Por ello, aunque pueda existir una legislación local, se utiliza
esta solicitud de transparencia para que con el conocimiento de las obligaciones descritas en la Ley
General se pueda obtener información sin la necesidad de esa consulta local y, de hecho, esta solicitud
también se plantea para conocer si hay o no una normativa local que regule dichas obligaciones. Es
necesario precisar estos argumentos para que los sujetos obligados no se excluyan por alguna razón de
ese carácter. Por la presente solicitud de transparencia expreso mi interés para conocer la siguiente
información referente al Consejo Estatal Ciudadano; cuya conformación está regulada en la Ley General
en Materia de Desaparición. De acuerdo con los artículos 60, 61, 62 de la Ley General se fundan las
siguientes preguntas: 1) ¿Hay Consejo Estatal Ciudadano en el Estado? 2) De contar con un Consejo
Estatal Ciudadano, ¿cuál fue el proceso para su conformación? En caso de que sí, ¿dónde y en qué
fecha se publicó dicho proceso? ¿Se realizó una consulta previa con las organizaciones de Familiares, de
las organizaciones defensoras de los derechos humanos, de los grupos organizados de Víctimas y de las
personas expertas en la materia, garantizando en todo momento el principio de paridad de género? En
caso de que sí, ¿dónde y en qué fecha se publicó dicho proceso? 3) De contar con un Consejo Estatal
Ciudadano, ¿por cuántas personas está integrado? 4) De contar con un Consejo Estatal Ciudadano,
¿cuántos familiares integran el Consejo? 5) De contar con un Consejo Estatal Ciudadano, ¿cuántos
especialistas integran el Consejo? 6) De contar con un Consejo Estatal Ciudadano, ¿cuántos
representantes de la sociedad civil integran el Consejo? 7) De contar con un Consejo Estatal Ciudadano,
¿hay un marco jurídico local que regule las funciones del Consejo Estatal Ciudadano? En caso de que sí,
¿cuál o cuáles son las disposiciones y su respectiva fecha de publicación en el periódico oficial del
Estado? 8) De contar con un Consejo Estatal Ciudadano, ¿cuál es el porcentaje de los recursos
financieros que el Estado le otorga para su funcionamiento o no tienen financiamiento? ¿Cuál es el
número exacto en pesos de esos recursos financieros? ¿Cuentan con algún tipo de infraestructura para el
desarrollo de sus funciones? 9) De no contar con un Consejo Estatal Ciudadano, ¿hay algún avance de
cualquier índole para su conformación y funcionamiento?

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Folio: 080144423000107

Fecha de Solicitud: 12 de mayo de 2023

Fecha de Contestación: 25 de mayo de 2023

Pregunta: Por la presente solicitud de transparencia expreso mi interés para conocer la
siguiente información referente a la Comisión Local de Búsqueda de Personas; cuya conformación está
regulada en la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por
Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas (de ahora en adelante, Ley General) y que,
además, la conformación se hace de carácter obligatorio para las Entidades Federativas porque así lo indica
la Ley General en los artículos que a continuación indicaré. Sobre esto, debe resaltarse que el artículo 73,
fracción XXI, inciso a) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, dota a la Ley General
de capacidad para la distribución de competencias entre la Federación y las Entidades Federativas, por lo
que las obligaciones son de carácter constitucional. Entendiendo, además, que si bien puede haber una
legislación local, la fundamentación de esta solicitud con la Ley General no perjudica la obligación de la
autoridad para responder en el ámbito de su competencia esta solicitud de transparencia; pues como ya se
ha mencionado es de carácter obligatorio para las autoridades señaladas la realización de las obligaciones
conferidas en la Ley General. Por ello, aunque pueda existir una legislación local, se utiliza esta solicitud
de transparencia para que con el conocimiento de las obligaciones descritas en la Ley General se pueda
obtener información sin la necesidad de esa consulta local y, de hecho, esta solicitud también se plantea
para conocer si hay o no una normativa local que regule dichas obligaciones. Es necesario precisar estos
argumentos para que los sujetos obligados no se excluyan por alguna razón de ese carácter. Por la presente
solicitud de transparencia expreso mi interés para conocer la siguiente información referente a la Comisión
Local de Búsqueda de Personas; cuya conformación está regulada en la Ley General en Materia de
Desaparición. De acuerdo con los artículos 50, 51, 52 y 58 de la Ley General se fundan las siguientes
preguntas: 1) ¿El Estado cuenta con una Comisión Local de Búsqueda de Personas (Comisión)? y en caso
de que no ¿hay algún avance de cualquier índole para su conformación y funcionamiento? 2) ¿Hay un
marco jurídico local que regule las funciones de la Comisión? En caso de que sí, ¿cuál o cuáles son las
disposiciones y su respectiva fecha de publicación en el periódico oficial del Estado? 3) De contar con una
Comisión, ¿por cuántas personas está conformada? 4) De contar con una Comisión, ¿están operando las
tres áreas que menciona el artículo 58 de la Ley General? 5) De contar con las respectivas áreas que indica
la ley, ¿cuántas personas están asignadas en el “Grupo Especializado de Búsqueda”? 6) De contar con las
respectivas áreas que indica la ley, ¿cuántas personas están asignadas en el “Área de Análisis de
Contexto”? 7) De contar con las respectivas áreas que indica la ley, ¿cuántas personas están asignadas
en el “Área de Gestión y Procesamiento de Información”? 8) De contar con una Comisión, ¿Hay Titular de
la Comisión Local de Búsqueda de Personas (Titular)? 9) De contar con una persona Titular, ¿cuál fue el
proceso para su designación? ¿En qué medio y fecha fue publicado ese procedimiento? 10) De haber
cumplido con el Artículo 52 de la Ley General en la que se indica el procedimiento para la consulta pública
en la designación de la persona Titular de la Comisión, ¿cuál fue el mecanismo para que la sociedad civil
presente candidatos? ¿dónde y en qué fecha se publicó la información sobre el perfil de las y los candidatos
registrados? ¿dónde y en qué fecha se hizo público el nombramiento y la exposición fundada y motivada
sobre la idoneidad del perfil elegido, de la persona Titular? 11) Es de mi interés que por este medio se
transcriba con exactitud la exposición fundada y motivada sobre la idoneidad del perfil elegido de la persona
Titular que en su momento la auto

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