LXVIII - III Año - I P.O. Se exhorta al Honorable Congreso de la Unión para que resuelva a la brevedad las iniciativas y propuestas que se encuentran pendientes de dictaminación, y que están encaminadas a proteger los derechos adquiridos de las personas jubiladas y pensionadas, garantizando que la reforma al artículo 127 constitucional no les sea aplicada de manera retroactiva, salvaguardando los derechos adquiridos y lo establecido en el artículo 14 constitucional; así mismo, se exhorta a la Presidenta de los Estados Unidos Mexicanos, Doctora Claudia Sheinbaum Pardo, para que presente una iniciativa de reforma que fortalezca la certeza jurídica, la no retroactividad de la ley y la protección integral de las jubilaciones y pensiones previamente reconocidas.
Sentido de la Resolución: Aprobado
Votación: Mayoría
Fecha de la Resolución: 27 de octubre de 2026
Tipo Iniciador: Poder Legislativo
Iniciador o Promovente: Dip. Roberto Arturo Medina Aguirre (PRI), Dip. Guillermo Patricio Ramírez Gutiérrez (PRI), Dip. José Luis Villalobos García (PRI)
LXVIII - III Año - I P.O. La Sexagésima Octava Legislatura del H. Congreso del Estado de Chihuahua, al no alcanzar la votación requerida respecto de la Proposición con carácter de Punto de Acuerdo, presentada por las y los Diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido MORENA, en la que pretendían exhortar a la Titular del Poder Ejecutivo, para que los nombramientos y designaciones que se realicen, cumplan con los requisitos constitucionales y legales vigentes; y a la Fiscalía Anticorrupción del Estado, investigue la probable comisión de un delito, ordena se archive y se dé por concluido el proceso legislativo de este asunto.
LXVIII - III Año - I P.O. Se exhorta la persona titular del Registro Agrario Nacional y a la persona titular de la Procuraduría Agraria para que, en el ámbito de sus atribuciones, continúen atendiendo de manera oportuna, eficaz, y con perspectiva intercultural las solicitudes y planteamientos formulados por integrantes de la Comunidad Indígena y Agraria de San Elías, Municipio de Bocoyna, Chihuahua, respecto al reconocimiento del C. Seferino Rascón Cardona como comunero y de su participación en todos los órganos de participación, para que determine lo procedente conforme a derecho respecto de las solicitudes de inscripción relacionadas con las asambleas controvertidas, garantizando la legalidad de los procedimientos y los derechos de la comunidad: así mismo, se exhorta a la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano para que, en el ámbito de sus atribuciones y en coordinación con las autoridades federales y estatales competentes, continúe brindando la atención adecuada, puntual, eficaz, y con visión intercultural a la problemática territorial existente, en la comunidad de San Elías, Municipio de Bocoyna, garantizando el bienestar y la legalidad de quienes la habitan; de igual forma, se exhorta a la Fiscalía General del Estado de Chihuahua, para que dé seguimiento efectivo a las denuncias relacionadas con los hechos ocurridos en San Elías, investigue los señalamientos de lesiones, amenazas e intimidaciones, y adopte las medidas de protección que legalmente procedan, a fin de garantizar la integridad de las personas denunciantes y el acceso a la justicia; de igual forma, se exhorta al Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas para que, dentro de sus atribuciones, continúe gestionando y promoviendo la coordinación institucional y la debida e inmediata atención de las demandas de la Comunidad Indígena y Agraria de San Elías, en coordinación con las autoridades competentes, a fin de que sus derechos colectivos, su autonomía y su participación en las decisiones que afectan a su comunidad sean debidamente considerados; de la misma manera, se exhorta a la Secretaría de Pueblos y Comunidades Indígenas del Gobierno del Estado para que, dentro de sus atribuciones, continúe atenta, con la intervención oportuna y eficaz, en la gestión institucional, para que las demandas de la comunidad indígena y agraria de San Elías, Bocoyna, sean debidamente atendidas por las autoridades a las que les resulte competencia, con perspectiva intercultural y respeto a su libre determinación y autonomía, promoviendo así la garantía de su derecho de acceso a la justicia.
LXVIII - III Año - I P.O. La Sexagésima Octava Legislatura del H. Congreso del Estado de Chihuahua, al no alcanzar la votación requerida respecto de la Proposición con carácter de Punto de Acuerdo, presentada por las y los Diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido MORENA, en la que pretendían hacerle una invitación a la Gobernadora María Eugenia Campos Galván, para que acuda ante este Congreso y responda a los planteamientos relacionados con la detención del ex Fiscal del Estado, ordena se archive y se dé por concluido el proceso legislativo de este asunto.
LXVIII - III Año - I P.O. Se exhorta al Instituto Estatal Electoral, para que realice las investigaciones pertinentes o, en su caso, informe si ya las está realizando, respecto de la propaganda realizada para el evento de Marco Bonilla, en Ciudad Juárez, el pasado 10 de octubre; así mismo, se exhorta a la Fiscalía General de la República y autoridades competentes, para que, en el ámbito de sus atribuciones, realicen una investigación de los hechos señalados públicamente por la ciudadanía el 10 de octubre de 2026, en Ciudad Juárez, particularmente de los mensajes y acusaciones a figuras de MORENA por presuntos actos de corrupción, a efecto de identificar con precisión su contenido y determinar si contienen información verificable sobre posibles hechos constitutivos de delito.