LXVIII - I Año - VI P.E. La Sexagésima Octava Legislatura del Honorable Congreso del Estado de Chihuahua, clausura con fecha doce de junio del año dos mil veinticinco, el Sexto Período Extraordinario de Sesiones, dentro del Primer Año de Ejercicio Constitucional.
LXVIII - I Año - VI P.E. Se autoriza a los Municipios del Estado de Chihuahua, para que gestionen y contraten uno o varios financiamientos, en su modalidad de crédito simple, hasta por el monto, para el destino, los conceptos, plazos, términos, condiciones y con las características que se establecen, para que afecten como fuente de pago un porcentaje del derecho a recibir y los ingresos que individualmente les correspondan del Fondo General de Participaciones y/o del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal, para que celebren contratos de mandato especial irrevocable para actos de dominio, o bien, formalicen los convenios necesarios para adherirse a un fideicomiso irrevocable de administración y pago, en cualquiera de los casos con objeto de constituir el mecanismo de pago de los financiamientos que individualmente contraten.
Sentido de la Resolución: Aprobado
Votación: Unánime
Aprobación: 12 junio 2025
Envío a Publicación: 13 junio 2025
Publicación: 18 junio 2025 / No. 49
Tipo Iniciador: Poder Legislativo
Iniciador o Promovente: Dip. América Victoria Aguilar Gil (), Dip. Francisco Adrián Sánchez Villegas (MC), Dip. Brenda Francisca Ríos Prieto (MORENA), Dip. Leticia Ortega Máynez (MORENA), Dip. María Antonieta Pérez Reyes (MORENA), Dip. Carla Yamileth Rivas Martínez (PAN), Dip. Joceline Vega Vargas (PAN), Dip. Jorge Carlos Soto Prieto (PAN), Dip. Roberto Arturo Medina Aguirre (PRI)
LXVIII - I Año - VI P.E. Se autoriza al Municipio de Chihuahua, la contratación de uno o varios financiamientos, en la modalidad de crédito simple a largo plazo, con cualquier institución financiera de nacionalidad mexicana, incluyendo sin limitar a las instituciones de crédito que operen en el territorio nacional, hasta por un monto de $570,000,000.00 (quinientos setenta millones de pesos 00/100 M.N.).
LXVIII - I Año - VI P.E. Se autoriza al Municipio de Chihuahua, la contratación de uno o varios financiamientos, en la modalidad de crédito simple a largo plazo, con cualquier institución financiera de nacionalidad mexicana, incluyendo sin limitar a las instituciones de crédito que operen en el territorio nacional, hasta por un monto de $75,000,000.00 (setenta y cinco millones de pesos 00/100 M.N.).
LXVIII - I Año - VI P.E. La Sexagésima Octava Legislatura del Honorable Congreso del Estado de Chihuahua, inicia con fecha doce de junio del año dos mil veinticinco, el Sexto Período Extraordinario de Sesiones, dentro del Primer Año de Ejercicio Constitucional.