LXVIII - II Año - I P.O. Se adiciona al artículo 274, un cuarto párrafo, de la Ley de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano del Estado de Chihuahua, a fin de permitir a los municipios disponer antes de 5 años de inmuebles que se les hubieren donado siempre y cuando los utilicen en educación pública, seguridad pública o servicios de salud pública a favor de las y los ciudadanos chihuahuenses.
Comisión: Obras, Servicios Públicos, y Desarrollo y Movilidad Urbana
Número (Comisión): LXVIII/COSPDMU/10
Aprobación en comisión: 12 noviembre 2025
Votación en Comisión: Unánime
5 votos a favor: Óscar Daniel Avitia Arellanes (MORENA), Ismael Pérez Pavía (PAN), Guillermo Patricio Ramírez Gutiérrez (PRI), Magdalena Rentería Pérez (MORENA), Joceline Vega Vargas (PAN)
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