Iniciativa con carácter de decreto, a fin de reformar el segundo párrafo del artículo 103 y derogar la fracción III del artículo 91 bis, ambos del Código Penal del Estado de Chihuahua; así como expedir la Ley de Indulto del Estado de Chihuahua, con el propósito de establecer las bases para que la persona titular del Poder Ejecutivo del Estado pueda otorgar, de estimarlo viable, el indulto por gracia a personas privadas de la libertad por delitos del fuero común que se apeguen a las disposiciones de la ley.
Iniciador o Promovente: Mtra. María Eugenia Campos Galván, Gobernadora Constitucional del Estado de Chihuahua.
Fecha de presentación: 22 agosto 2025 LXVIII / I Año / II D.P.
Estatus: Dictaminada
Tipo de turno: Simplificado
Fecha de turno: 25 agosto 2025 LXVIII / I Año / II D.P.
Se Turnó a: Comisión
Comisión: Justicia
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