LXVIII - III Año - I P.O. Se adiciona al artículo 37, un segundo párrafo, de la Ley del Agua del Estado de Chihuahua, para garantizar el servicio de agua potable en las instituciones educativas y en los hogares.
LXVIII - III Año - I P.O. Se reforma el artículo 34, segundo párrafo, y se le adiciona un tercer párrafo, de la Ley del Agua del Estado de Chihuahua, para establecer que todos los aparatos medidores deben cumplir con las normas oficiales mexicanas.
LXVIII - III Año - I P.O. Se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Chihuahua, en materia de prevención del uso de redes sociales en menores de edad.
LXVIII - III Año - I P.O. Iniciativa con carácter de decreto ante H. Congreso de la Unión, con el propósito de reformar la Ley General de Educación Superior, a efecto de establecer que las Instituciones de Educación Superior garanticen que las estudiantes en condición de maternidad, tengan igualdad de acceso, permanencia y conclusión de estudios, así como establecer como obligación jurídica para las instituciones de educación superior, la adopción de protocolos integrales contra la violencia de género, la instalación de lactarios en sus instalaciones y la promoción efectiva de maternidad.
6 votos a favor: América Victoria Aguilar Gil (), Óscar Daniel Avitia Arellanes (MORENA), Nancy Janeth Frías Frías (PAN), Herminia Gómez Carrasco (MORENA), Roberto Arturo Medina Aguirre (PRI), Carlos Alfredo Olson San Vicente (PAN)
LXVIII - III Año - I P.O. Iniciativa con carácter de decreto ante el H. Congreso de la Unión, con el propósito de reformar diversas disposiciones de la Ley General de Educación y de la Ley General de Salud, para incorporar a la salud mental como materia en los contenidos de planes y programas de estudio, así como disponer de carácter prioritario en políticas de salud y educativas.
4 votos a favor: América Victoria Aguilar Gil (), Óscar Daniel Avitia Arellanes (MORENA), Herminia Gómez Carrasco (MORENA), Roberto Arturo Medina Aguirre (PRI)