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Efemérides


Es decretada la Ley sobre Libertad de Imprenta, sin más límite que el respeto a la vida privada, a la moral y a la paz públicas.

02 de febrero de 2026

Febrero 2 de 1861
Durante el gobierno de Benito Juárez, es decretada la Ley sobre Libertad de Imprenta, sin más límite que el respeto a la vida privada, a la moral y a la paz públicas. La ley es cuidadosa y precisa, en 43 artículos expresa el deseo de garantizar y proteger la libertad de expresión, pero también de restringir sus excesos. Lo que considera punible, en cuanto a las faltas a la vida privada, es la atribución a alguna persona de algún vicio o delito no declarado por los tribunales; que sean defendidos o aconsejados vicios o delitos; que sea promovida la desobediencia de las leyes y a las autoridades legítimas.

Establece que las denuncias o acusaciones sobre delitos de imprenta, deben ser hechas al ayuntamiento donde sea publicado el impreso; así como la responsabilidad personal de los autores, lo que implica que la industria tipográfica y las oficinas de imprenta son libres. Incluye el respeto a la manifestación del pensamiento, “ya se haga por medio de la pintura, escultura, grabado, litografía o cualquier otro”; pero, considerando necesario prever su abuso, reglamenta el procedimiento para juzgar a quienes delincan; precisa que no habrá censura en teatros y que los autores o traductores dramáticos, serán responsables de las piezas que representen.

La libertad de imprenta, declarada inviolable por la Constitución de 1857, ofrece la garantía de un jurado de calificación y otro de sentencia. La ley parte del supuesto de que con libertad, el periodismo puede llegar a ser un elemento de civilización y de progreso.

 

Con el Plan de Casa Mata se da el primer pronunciamiento de tropas mexicanas.

01 de febrero de 2026

Febrero 1 de 1823
Es proclamado el Plan de Casa Mata, primer pronunciamiento de las tropas ya mexicanas después de la consumación de la Independencia, iniciado por Antonio López de Santa Anna y apoyado por Vicente Guerrero contra Agustín de Iturbide.

El plan responde al descontento que prevalece en todo el país por su mal gobierno y pide la abdicación del emperador y la restitución del Congreso disuelto: “habiendo D. Agustín de Iturbide, atropellado con escándalo el Congreso de su mismo seno, la mañana del 12 de mayo de 1822, faltando con perfidia a sus solemnes juramentos, y prevaliéndose de la intriga y de la fuerza, como es público y notorio, para hacerse proclamar Emperador, sin consultar tampoco con el voto de los pueblos, la tal proclamación es a todas luces nula, de ningún valor y efecto, y mucho más cuando para aquel acto de tanto peso, del que iba a depender la suerte de América, no hubo Congreso por haber faltado la mayor parte de los diputados. [...] Por tanto, no debe reconocerse como tal Emperador, ni obedecerse en manera alguna sus órdenes; [...] será nuestro deber principal reunir [...] a todos los diputados, hasta formar el Soberano Congreso Mexicano, que es el órgano de la verdadera voz de la Nación